Por el cual se crea un Puesto de Socorro en el Municipio de Chinú (Bolívar)

Rango Decreto
Publicación 1947-09-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HIGIENE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que el confiere la Ley 1ª de 1931, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo primero. Créase, a partir del 10 de septiembre de 1947, un Puesto de Socorro en el Municipio de Chinú (Bolívar), que funcionará con el siguiente personal y asignaciones:
Mensuales.
Un Médico Director 400.00
Un Inspector Enfermero 150.00
Sostenimiento 400.00
Para dotación, por una sola vez 2.500.00
Artículo segundo. El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al Capítulo 45, artículo 494 de la vigencia en curso, o al que se liquide para el mismo fin en las vigencias posteriores.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Higiene,

Pedro Eliseo CRUZ

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