Por el cual se adiciona el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1932

Rango Decreto
Publicación 1932-02-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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1932.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias, de que está investido por las Leyes 99 y 119 de 1931,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, así:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 62

Edificios y parques nacionales.

Artículo 492. Para conservación y reparación de los edificios nacionales de la República $ 20.000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de febrero de 1932

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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