por el cual se aprueba el Acuerdo número 059 de 1988 que modifica parcialmente la planta de personal del Instituto de Crédito Territorial

Rango Decreto
Publicación 1990-01-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 059 de 1988 emanado de la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 059 DE 1988

por el cual se modifica parcialmente la planta de personal del Instituto de Crédito Territorial.

La Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial, en uso de sus atribuciones estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 1815 del 5 de septiembre de 1988 que aprobó el Acuerdo número 022 del 2 de junio de 1988, se creó la Oficina de Urabá, dependiente de la Regional Antioquia.

Que es necesario determinar la planta de cargos para el funcionamiento de dicha dependencia Regional del ICT.

Que en cumplimiento de las políticas de reducción del gasto público ordenada por el Gobierno Nacional, se suprimen 7 cargos de la planta de personal de la Regional Antioquia con sede en Medellín, y 3 de la Regional Bolívar Oficina Zona Suroriental de Cartagena para conformar una planta mínima de 9 cargos para la operación de la Oficina de Urabá, lo cual conlleva una reducción en los costos de nómina mensual por valor de $9.300.00.

ACUERDA:

Artículo 1° Suprímanse los siguientes cargos en la planta de personal del Instituto de Crédito Territorial así:

NIVEL REGIONAL
Dependencias y cargos. Código Grado
REGIONAL ANTIOQUIA
Sección Cartera.
1 Secretario 5140 08
Sección de Bienes y Servicios.
1 Auxiliar Administrativo 5120 05
Sección de Construcciones.
1 Profesional Especializado 3010 09
1 Técnico Operativo 4080 07
3 Auxiliar de Técnico 4110 05
REGIONAL BOLIVAR
Oficina Zona Suroriental de Cartagena.
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Visitador 5100 12
1 Secretario 5140 06

Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Instituto de Crédito Territorial.

NIVEL REGIONAL NIVEL REGIONAL NIVEL REGIONAL
Dependencias y cargos. Código Grado
REGIONAL ANTIOQUIA REGIONAL ANTIOQUIA REGIONAL ANTIOQUIA
Oficina de Urabá. Oficina de Urabá. Oficina de Urabá.
1 Jefe de Oficina 2045 06
1 Profesional Universitario 3020 06
1 Profesional Universitario 3020 03
1 Auxiliar Administrativo 5120 05
1 Técnico Operativo 4080 07
1 Auxiliar de Técnico 4110 06
2 Auxiliar de Técnico 4110 05
1 Secretario 5140 06

Artículo 3° En los anteriores términos queda modificado el artículo 1° del Acuerdo número 065 de septiembre 30 de 1983, aprobado mediante Decreto número 3642 de 1983.

Artículo 4° Este Acuerdo deroga el Acuerdo número 023 de 1988 y rige a partir de la fecha de su expedición y requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de octubre de 1988.

Presidente,

(Firmado), Carlos Arturo Marulanda Ramírez.

Secretario,

(Firmado), Hugo Fuentes Restrepo”.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 3642 de 1983.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

La Ministra de Desarrollo Económico,

María Mercedes Cuéllar de Martínez.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

William René Parra Gutiérrez.

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