Que autoriza el traspaso, al Departamento de Boyacá, de una finca de propiedad nacional

Rango Decreto
Publicación 1956-12-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que en cumplimiento de las disposiciones de las Leyes 89 de 1935 y 126 de 1936, y por conducto del Ministerio de Agricultura, la Nación adquirió con destino al establecimiento del Internado Agrícola de Felipe Pérez, la finca denominada "San José", en la vereda del Volcán, en jurisdicción del Municipio de Paipa, con cabida de 61 fanegadas, según la alinderación que consta en la escritura número 678 de 26 de abril de 1937, de la Notaría Tercera de Bogotá.

Que la Gobernación del Departamento de Boyacá ha solicitado del Gobierno traspase al Departamento la propiedad de la finca de "San José", en atención a que desde el año de 1936 el Departamento atiende al Internado Agrícola allí establecido, y ha incorporado al terreno mejoras de consideración,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase al Gobierno para que, por conducto del Ministerio de Agricultura, traspase gratuitamente al Departamento de Boyacá la finca denominada "San José", ubicada en la vereda del Volcán, en jurisdicción del Municipio de Paipa, que la Nación adquirió conforme a la escritura pública número 678 de 26 de abril de 1937, otorgada ante el Notario Tercero de Bogotá.
Artículo segundo. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

José Enrique Arboleda Valencia.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

José Manual Rivas Sacconi.

El Ministro de Justicia,

Luis Carlos Giraldo Marín.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Eduardo Berrio González.

El Ministro del Trabajo,

Carlos Arturo Torres Poveda.

El Ministro de Salud Pública,

Carlos Márquez Villegas.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Francisco Puyana Menéndez.

El Ministro de Educación Nacional,

Josefina Valencia de Hubach.

El Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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