por el cual se modifica la planta de personal del DepartamentoAdministrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que para los fines del presente decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Artículo 1°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, así:
| N° de cargos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| ÁREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA | |||
| Diez (10) | Secretario Ejecutivo | 5540 | 12 |
| Uno (1) | Secretario | 5530 | 07 |
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes empleos:
| N° de cargos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| ÁREA ADMINISTRATIVA y FINANCIERA | |||
| Ocho (8) | Secretario Ejecutivo | 5540 | 17 |
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 4658 del 27 de diciembre de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de agosto de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Óscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Bernardo Moreno Villegas.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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