por el cual se distribuye una partida y se modifica el Decreto número 266 de 1948
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° La suma de $ 10.000 trasladada al Capítulo 88, artículo 1271 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:
| Mensual | Total | |
|---|---|---|
| Para alimentación de 20 alumnos becados, a razón de $ 35 mensuales cada uno, en los meses de junio a noviembre inclusive | $ 700.00 | 3.500.00 |
| Para alimentación de 7 empleados internos, de febrero a noviembre, inclusive, a razón de $ 35 mensuales cada uno | 245 | 2.450.00 |
| Para aumentar el valor de la alimentación de 20 alumnos becados y 10 empleados internos, de $ 25 a $ 35, en los meses de junio a noviembre, inclusive | 300 | 1.800.00 |
| Restaurante de la Escuela Anexa, en los meses de julio a noviembre, a razón de | 50 | 250 |
| Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones, deportes, drogas, jornales y demás gastos de la Escuela | 2.000.00 | |
| Total | $10.000.00 |
Artículo 2° Modifícase el Decreto número 266 de 1948, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Varones de Manizales", en el sentido de destinar la suma de $ 878.64 sobrante por concepto de sueldos no devengados en los meses transcurridos del presente año, para aumentar en $ 125.52 mensuales, en los meses de junio a diciembre inclusive, la partida señalada por el expresado Decreto para sueldos del Ecónomo y Servicio Doméstico, según distribución que haga el Rector.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Educación Nacional,
Fabio LOZANO Y LOZANO.
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