por el cual se crea un Juzgado Militar

Rango Decreto
Publicación 1945-12-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 3a de 1945, sobre Código de Justicia Penal Militar, créase el Juzgado Militar de la Armada Nacional, con sede en Cartagena, el cual conocerá de las infracciones militares cometidas por el personal de la Base Naval A. R. C. Bolívar y de la Base Fluvial A. R. C. Barranquilla.
Artículo 2° El Juez de la Armada Nacional tendrá el carácter de Funcionario Instructor y la asignación correspondiente a Juez del Circuito Penal de Cartagena.
Artículo 3° En los términos del presente Decreto queda modificado el artículo 4° del Decreto número 1159 de 1945.
Artículo 4° Promuévese al doctor Néstor Vergara Támara, actual Funcionario Instructor de la Base Naval A. R. C. Bolívar, al cargo de Juez Militar de la Armada Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 3 de diciembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Guerra,

Luis TAMAYO

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