Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Minas y Energia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución política,
DECRETA:
Artículo primero. Suprímase de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía el siguiente cargo:
Dependencia: Despacho del Ministro.
Denominación del cargo: Profesional universitario.
Número de cargos. 1.
Código: 3020.
Grado: 06.
Artículo segundo. Créase en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía el siguiente cargo:
Dependencia: Despacho del Ministro.
Denominación del cargo: Profesional Especializado.
Número de cargos: 1.
Código: 3010.
Grado: 10.
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 5 de noviembre de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Minas y Energía,
Humberto Avila Mora.
El Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardila.
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