Por el cual se modifica el Decreto número 1933 de 8 de agosto de 1979

Rango Decreto
Publicación 1979-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo 1° Modifícase el parágrafo del artículo 1° del Decreto 1933 de agosto 8 de 1979, en el sentido de que los viáticos y el pasaje aéreo suministrado de que trata el citado decreto se pagarán con cargo al artículo 3217-3 y no 3117-1 del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y Transporte de la actual vigencia.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 29 de noviembre de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Enrique Vargas Ramírez.

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