Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
decreta:
| Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO | ||
|---|---|---|
| Gastos de Administración, Auxilios y otros. | ||
| capitulo 109 | ||
| Aportes, Participaciones, Indemnizaciones y Devoluciones. | ||
| 104. Del artículo 1147. Para devolución de toda clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año | $ | 318.769.85 |
| Suman los contracréditos | $ | 318.769.85 |
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | ||
| CAPITULO 530 | ||
| Carreteras Nacionales | ||
| Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. | ||
| 202. Al artículo 5388-D. Para pagar la deuda pendiente por concepto de obra ejecutada en la carretera Palmira Cartago, 3en desarrollo de contrato con el Ingeniero Federico Uribe Restrepo. De fecha 10 de febrero de 1947 | $ | 318.769.85 |
| Suman los créditos | $ | 318.769.85 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1956.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
José Enrique Arboleda Valencia.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
José Manuel Rivas Sacconi.
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Guerra,
Mayor General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Eduardo Berrío González.
El Ministro del Trabajo,
Carlos Arturo Torres Poveda.
El Ministro de Salud Pública,
Carlos Márquez Villegas.
El Ministro de Fomento,
Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Francisco Puyana Menéndez.
El Ministro de Educación Nacional,
Josefina Valencia de Hubach.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Obras Públicas
Contraalmirante, Rubén Piedrahita A.
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