por el cual se modifican los incisos 104 a 107, artículo 36, del Decreto número 405 de 1949
El Presidente de la República de Colombia,
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2526 de julio 27 de 1950 cambió el nombre del Instituto Geográfico Militar y Catastral por el de Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi; y
Que en tal virtud las franquicias concedidas, en el Decreto 405 de 1949 al Instituto Geográfico Militar y Catastral deben subsistir para el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi",
DECRETA:
Artículo 1° Las franquicias otorgadas por los incisos 104, 105, 106 y 107, artículo 36 del Decreto 405 de 1949, al Instituto Geográfico Militar y Catastral, se entenderán vigentes para el mismo personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi".
Artículo 2° Quedan así modificados en lo' que atañe a la denominación del Instituto los incisos números 104, 105, 106 y.107 del artículo 36 del Decreto 405 de 1949.
Artículo 3° El presente Decreto regirá desde su fecha.
Comuniques y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1950.
LAUREANO GÓMEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Tomás ANGULO
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