Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 2880 del 4 de octubre de 1985
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 2° del Decreto número 2880 del 4 de octubre de 1985, en el sentido de que el doctor Mauricio Cabrera Galvis, Director General de Crédito Público tendrá derecho a viáticos por los días entre el 11 y el 20 de octubre de 1985 a razón de US$ 200.00 diarios, los cuales serán sufragados con cargo al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de octubre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
César Vallejo Mejía.
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