Por el cual se crea una Oficina en el Ramo Postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1905-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Créase la Oficina postal y telegráfica de Tolú, Departamento de Bolívar, con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:

Un Telegrafista Administrador de Correos $ 40
Un Cartero 8

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Marzo de 1905.

B. REYES

El Ministro de Gobierno,

BONIFACIOVELEZ

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