Por el cual se crea una Oficina en el Ramo Postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Créase la Oficina postal y telegráfica de Tolú, Departamento de Bolívar, con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
| Un Telegrafista Administrador de Correos | $ | 40 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 8 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 28 de Marzo de 1905.
B. REYES
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIOVELEZ
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