Por el cual se establece unas equivalencias en la Rama Jurisdiccional

Rango Decreto
Publicación 1983-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 19 de enero de 1983, establece para la Rama Jurisdiccional las siguientes equivalencias de empleos:
Situación Actual Equivalencias
Citadores Grado 3, de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial Citadores Grado 4
Citadores Grado 3, de los Tribunales Contencioso Administrativos Citadores Grado 4
Citador Grado 3, del Tribunal Superior de Aduanas Citador Grado 4
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1983.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá. D. E., a 7 de febrero de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Justicia,

Bernanrdo Gaitán Mahecha.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Ericina Mendoza Saladén.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.