Por el cual se hacen unas aclaraciones al presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979

Rango Decreto
Publicación 1979-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 166 del 21 de septiembre de 1979, hace unas aclaraciones a leyendas del Presupuesto de Gastos de la actual vigencia;

Que para la correcta ejecución del Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, se hace necesario corregir los errores oportunamente y de acuerdo con el considerando anterior,

decreta:

Artículo 1° Hácense las siguientes aclaraciones a leyendas del Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979.

PROGRAMA 03

Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.

Artículo 03 Construcción de otras carreteras
Proyecto Proyecto
80 La leyenda correcta es:
80 Socha - Sácama - Tame - Fortul (Arauca). Socha - Sácama - Tame - Fortul (Arauca). Socha - Sácama - Tame - Fortul (Arauca).
Proyecto Proyecto
97 La leyenda correcta es:
97 Toro - Versalles (Valle). Toro - Versalles (Valle). Toro - Versalles (Valle).

PROGRAMA 06

Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles.

Artículo 06 Accesos a ciudades y obras civiles. Accesos a ciudades y obras civiles.
Proyecto 43 La leyenda correcta es: Avenida de la Basílica, en Buga (Valle).
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de noviembre de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Enrique Vargas Ramírez.

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