Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Minas y Petróleos), por $ 22.000.00
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8°del articulo 1° de la Ley 21 de 1963 facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;
Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Minas y Petróleos), por $ 22.000.00;
Que conforme a lo dispuesto en los articulos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 77 de 1963, por $ 22.000.00;
Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y
Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de está clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:
Presupuesto de Funcionamiento.
MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Contracrédito.
I - Gastos Directos del Ministerio.
- B) Rama Técnica.
CAPITULO 1108
División de Petróleos.
Programa I
Administración de la División
Gastos generales.
| 105 - 241. Artículo11072. Compra de equipo | $ | 22.000.00 |
|---|---|---|
| Suma el contracrédito | $ | 22.000.00 |
Crédito.
I - Gastos Directos del Ministerio.
C - Rama Administrativa.
CAPITULO 1115
Servicios generales.
Gastos generales.
| 105 - 111. Artículo 11174. Mantenimiento y aseguros | $ | 22.000.00 |
|---|---|---|
| Suma el crédito | $ | 22.000.00 |
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de diciembre de 1963.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría
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