por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, contenida en el Decreto 2749 del 25 de noviembre de 2002

Rango Decreto
Publicación 2002-12-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y en desarrollo de lo dispuesto por los Decretos 1837, 1838, 2555 y 2749 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002 se declaró el Estado de Conmoción Interior, en todo el territorio nacional, por el término de 90 días;

Que como parte de las medidas que el Gobierno Nacional adoptó, se determinó la necesidad de crear nuevas rentas;

Que mediante Decreto 1838 del 11 de agosto de 2002 se creó el Impuesto para Preservar la Seguridad Democrática;

Que mediante Decreto 2555 del 8 de noviembre de 2002 se prorrogó el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional, por el término de 90 días, contados a partir del 9 de noviembre de 2002;

Que es necesario proveer en forma inmediata de recursos a las Fuerzas Militares, de Policía, con el propósito de conjurar los actos que perturban el orden público e impedir la extensión de sus efectos;

Que el artículo 36 de la Ley 179 de 1994 dispone: "Los créditos adicionales y traslados al Presupuesto General de la Nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción, serán efectuados por el Gobierno en los términos que este señale. La fuente de gasto público será el decreto que declare el estado de excepción respectivo";

Que mediante el Decreto 2749 del 25 de noviembre de 2002 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002 en la suma de sesenta y siete mil millones de pesos moneda legal ($67.000.000.000);

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno Nacional para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto,

DECRETA:

Artículo 1°.Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adicionar los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, en la suma de sesenta y siete mil millones de pesos moneda legal ($67.000.000.000), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 67.000.000.000
1. INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION 67.000.000.000
III. TOTAL INGRESOS 67.000.000.000
Artículo 2º.Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectuar las siguientes adiciones alPresupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2002, en la suma de sesenta y siete mil millones de pesos moneda legal ($67.000.000.000), según el detalle que se encuentra a continuación:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

CTA. PROG SUBC. SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL
Sección 1501 Sección 1501 Sección 1501 Sección 1501 Sección 1501 Sección 1501
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 9.310.000.000 9.310.000.000
C. PRESUPUESTO DE INVERSION PRESUPUESTO DE INVERSION 33.557.000.000 33.557.000.000
111 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR 4.480.000.000 4.480.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 3.280.000.000 3.280.000.000
300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 1.200.000.000 1.200.000.000
113 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR 900.000.000 900.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 900.000.000 900.000.000
211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 23.977.000.000 23,977.000.000
100 INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD 16.981.000.000 16.981.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 6.996.000.000 6.996.000.000
212 MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 4.200.000.000 4.200.000.000
100 INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD 1.700.000.000 1.700.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 900.000.000 900.000.000
600 INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE 1.600.000.000 1.600.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 42.867.000.000 42.867.000.000
Sección 1601 Sección 1601 Sección 1601 Sección 1601 Sección 1601 Sección 1601
POLICIA NACIONAL POLICIA NACIONAL POLICIA NACIONAL POLICIA NACIONAL POLICIA NACIONAL POLICIA NACIONAL
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 3.000.000.000 3.000.000.000
C. PRESUPUESTO DE INVERSION PRESUPUESTO DE INVERSION 21.133.000.000 21.133.000.000
111 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR 19.410.000.000 19.410.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 19.100.000.000 19.100.000.000
705 EDUCACION SUPERIOR 310.000.000 310.000.000
211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 1.723.000.000 1.723.000.000
101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 123.000.000 123.000.000
300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 1.600.000.000 1.600.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 24.133.000.000 24.133.000.000
TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 67.000.000.000 67.000.000.000
Artículo 3º. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

ADICIONES PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

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