Por el cual se traslada un establecimiento
El Presidente de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución número 5308 de 4 de noviembre de 1958, fue suspendido el funcionamiento de la Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos de Cajicá (Cundinamarca), debido a irregulares condiciones de disciplina interna del plantel;
Que esta situación de desorden interno creó un ambiente de incomprensión entre la Escuela y la comunidad, según acta suscrita el 4 de septiembre de 1958 (página 16, numeral 5°) por los señores Raúl Oñoro Amador, Director de la Oficina de Planeamiento, Adrián Cruz González y J.A. Rodríguez Acevedo, Expertos de Educación Rural de la UNESCO;
Que en la misma acta (página 9), se hace la siguiente afirmación sobre local: "El edificio como muy bien puede deducirse, no reúne las condiciones adecuadas para los fines educativos a que ha sido indicado";
Que el Gobernador del Departamento del Cauca y las autoridades municipales del Distrito de Timbio (Cauca), han ofrecido al Ministerio de Educación Nacional un local y los terrenos necesarios para el funcionamiento de un instituto docente, oferta que en concepto de los Técnicos de la División de Educación Campesina, puede aprovecharse para el mejor funcionamiento de una Escuela para Visitadoras de Hogares Campesinos;
Que el Departamento del Cauca está incluído dentro de las zonas de violencia y su jurisdicción bajo el régimen del estado de sitio, circunstancia que hace aconsejable la creación de establecimientos educativos adecuados a la campaña de rehabilitación económica y social en que está empeñado el Gobierno Nacional, y
Que el Departamento de Cundinamarca cuenta, además, con la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina, que funciona en Usaquén,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase a Timbio, Cauca, la Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos que venía funcionando en Cajicá (Cundinamarca).
Parágrafo. El presente Decreto rige desde el primero de febrero del año en curso.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 5 de febrero de 1959.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Educación Nacional,
Reinaldo Muñoz Zambrano.
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