por el cual se aclaran los artículos 1° y 2° del Decreto 149 del 25 de enero de 1993

Rango Decreto
Publicación 1993-02-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de las Constitución Política, el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,

DECRETA:

Artículo 1° Aclarar el artículo 1° del Decreto número 149 del 25 de enero de 1993, en el sentido de que el doctor Juan Manuel Santos C., Ministro de Comercio Exterior, cumplió la comisión conferida a la cuidad de Londres, Gran Bretaña, del 3 al 6 de febrero de 1993 y no como aparece en el citado Decreto.

Artículo 2° Aclarar el artículo 2° del Decreto número 149 del 25 de enero de 1993 en el sentido que el doctor Santos Calderón, tiene derecho a viáticos por el término de doce (12) días y no como allí aparece.

Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Miguel Silva Pinzón.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.