Por el cual se autoriza una importación a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá D. E

Rango Decreto
Publicación 1957-01-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y

CONSIDERANDO

que la Empresa de Acueductos y Alcantarillados de Bogotá, D. E., ha solicitado licencia para importar 179 toneladas de tablestacas metálicas para las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede suministrarle oportunamente tales artículos,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, D. E., para importar con destino a las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, ciento setenta y nueve (179) toneladas de tablestacas metálicas.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir da la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de diciembre de 1956.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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