Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 1.940.000.00
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963 facultó al Gobierno para abrir crédito y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;
Que, para los fines de una adecuada estabilidad fiscal se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Obras Públicas) por $ 1.940.000.00;
Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y
Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:
Presupuesto de funcionamiento
Ministerio de Obras Públicas
Contracréditos.
- I. Gastos directos del Ministerio.
A - Dirección del Ministerio.
CAPITULO 1401
Gabinete del Ministro.
Servicios personales.
| 101 - 111. | Artículo 14003. Remuneración de servicios técnicos | $ 20.000.00 |
|---|---|---|
II - Financiamiento
CAPITULO 1422
Financiamiento a cargo del Ministerio.
Programa I
Auxilios de sostenimiento.
Transferencias.
| 205 - 262. | Artículo 14259. Aporte a ADENAVI | 300.000.00 |
|---|---|---|
Presupuesto de inversión.
CAPITULO 3303
División Construcción de Carreteras.
Programa I
Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.
(Recursos ordinarios Ley 83 de 1962).
Artículo 33004-A. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.
| Proyecta 38. | Carretera Istmina Condoto | $ 300.000.00 |
|---|---|---|
CAPITULO 3304
División de Obras Hidráulicas
Programa II
Construcción, conservación y regularización ode obras hidráulicas
(Recursos ordinarios Ley 83 de 1962).
465 - 262. Artículo 33010 B. Construcción, conservación y regularización de obras hidráulicas
| Proyecto I. | Estudios y proyectos de obras hidráulicas | 320.000.00 |
|---|---|---|
| Proyecto 3 | Obras de defensa y protección de vías y puertos contra las avenidas de los ríos | 1.000.000.00 |
| Suman los contracréditos | $ 1.940.000.00 |
Créditos.
- C) Rama Operativa.
CAPITULO 1412
División de Carreteras Nacionales
Programa IV
Policía Vial
Gastos generales.
| 106 - 132. | Artículo 14156 Viáticos y Gastos de viaje | $ 80.000.00 |
|---|---|---|
- D) Rama Administrativa
CAPITULO 1420
División de Servicios Médicos
Servicios personales.
| 101- 357. | Artículo 14235. Remuneración servicios técnicos | 40.000.00 |
|---|---|---|
Gastos generales
| 106-357. | Artículo 14239. Materiales y suministros | 20.000.00 |
|---|---|---|
Presupuesto de inversión
CAPITULO 3303
División Construcción de Carreteras.
Programa I
Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.
(Recursos ordinarios Ley 83 de 1962).
| Artículo 33004-A. | Construcción y pavimentación de otras carreteras. | |
|---|---|---|
| Proyecto 23. Carretera Nóvita-Cartago y Cartago-Nóvita | 300.000.00 |
CAPITULO 3304
División de Obras Hidráulicas
Programa I
Administración de la División
(Recursos ordinarios Ley 83 de 1962).
| 465-261. | Artículo 33007-A. Compra de equipo | 1.320.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ 1.940.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de diciembre de1963.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público; Carlos Sanz de Santamaría.
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