Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la cantidad de $ 82.800.000.00

Rango Decreto
Publicación 1981-11-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Fondo Vial Nacional ha celebrado los Contratos de Préstamo números FO-361 y FO-363, con el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, FONADE, por un valor de ochenta y dos millones ochocientos mil pesos ($ 82.800.000) moneda corriente, con el objeto de financiar parte del costo de los estudios de los proyectos Bogotá-Villavicencio y un Plan de Desarrollo Integrado para la Orinoquía;

Que durante la actual vigencia será utilizado el valor mencionado en el considerando anterior;

Que los recursos que obtenga el Fondo Vial Nacional, distintos de los incluidos en el Presupuesto Nacional, pueden ser directamente utilizados por el fondo, previa u incorporación presupuestal;

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1981 en la suma de ochenta y dos millones ochocientos mil pesos ($ 82.800.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Otros Recursos.

Numeral 18. Contrato de préstamo FO-361, FONADE $ 3.600.000
Numeral 19. Contrato de préstamo FO-363, FONADE 79.200.000
Suman los recursos $ 82.800.000
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el Presupuesto de Gastos del. Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1981 en la cantidad de ochenta y dos millones ochocientos mil pesos ($ 82.800.000) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:

PRESUPUESTO DE GASTOS

Inversión Directa

PROGRAMA 01

Estudios de vías de comunicación, contratación de servicios técnicos y de aerofotogrametría y estudios técnicos.

Artículo 01. Estudios y servicios técnicos $ 79.200.000
Proyectó 3. Estudios contratados y servicios técnicos $ 79.200.000
Total Programa 01 $ 79.200.000

PROGRAMA 10

Obras hidráulicas, transporte marítimo y fluvial.

Artículo 37. Estudios y diseños $ 3.600.000
Proyecto 2. Estudios varios 3.600.000
Total Programa 10 $ 3.600.000
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS $ 82.800.000
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de- octubre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Enrique Vargas Ramírez.

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