Por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto número 1602 del año en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Modificase el artículo 5° del Decreto número 1602 de 6 de julio del presente año, así:
Los concursos para los maestros de que trata el referido artículo, tendrán lugar el día 21 de los corrientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Darío ECHANDIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.