Por el cual se redistribuye una apropiación presupuestal para gastos del Ministerio de Agricultura
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto legislativo número 3319 de 1953, y
CONSIDERANDO:
Que por Decretos números 233 y 254 del año en curso, se distribuyó con vigencia al primer semestre de 1954, parte de la partida global asignada a la apropiación del Capítulo 49 artículo 564 del Presupuestó Nacional vigente;
Que la ejecución del presupuesto del Ministerio citado dejó al 31 de julio algunos saldos disponibles que el Ministerio necesita ejercitar dentro del resto de la vigencia fiscal;
Que es procedente entrar a distribuir la partida global mencionada para atender a los gastos del Ministerio de Agricultura, en el resto de la presente vigencia, distribución que se hace oído el concepto de la Dirección Nacional del Presupuesto y teniendo en cuenta, la solicitud y necesidades del Despacho de Agricultura, y
Que otros saldos sobrantes de las apropiaciones presupuéstales mencionadas no van a ser utilizados por el Ministerio, razón por la cual deben ser incorporados a la asignación global del artículo 564, ya citado,
DECRETA:
Artículo primero. Distribúyense en las cantidades que a continuación se expresa, las sumas fijadas a las siguientes apropiaciones por los Decretos 203 y 254 de 1954, valores éstos que se incorporan en la apropiación global liquidada en el Capítulo 49, artículo 564 del Presupuesto Nacional vigente:
| CAPITULO 49-A | CAPITULO 49-A | CAPITULO 49-A |
|---|---|---|
| Divisiones Primera y Segunda: | Divisiones Primera y Segunda: | Divisiones Primera y Segunda: |
| Gabinete del Ministro y Secretaria General. | Gabinete del Ministro y Secretaria General. | Gabinete del Ministro y Secretaria General. |
| Clave Económica, Art s. y Concepto: | Valor: | Valor: |
| A2a. 564/6. Para el pago de jornales y de obreros que requiera el servicio de estas Divisiones, en seis meses | $ | 4.781.30 |
| C1a(b). 564/12. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de vehículos en el presente año y anteriores | 5.812.50 | |
| CAPITULO 49-B | CAPITULO 49-B | CAPITULO 49-B |
| División Tercera. | División Tercera. | División Tercera. |
| Departamento ele Coordinación de Programas. | Departamento ele Coordinación de Programas. | Departamento ele Coordinación de Programas. |
| A1a. 564/18. Para contratar, servicios técnicos con personal nacional o extranjero, en los ramos agrícolas o pecuarios | 11.290.00 | |
| A1a. 564/19. Para atender al envío de jóvenes a estudiar y de técnicos del Ministerio a especializarse en el Exterior | 6.000.00 | |
| A1a. 564/21. Para fomento de la educación agrícola en el país | 3.000.00 | |
| C1a(b). 564/23. Para gastos de conservación, reparación, repuestos del equipo de oficina, en el corriente año y anteriores | 83.00 | |
| C1hIII (a). 564/29. Para construcciones nuevas de edificios de las Divisiones de Investigación y Extensión | 40.000.00 | |
| C1hIII (b). 564/30. Para reparación y conservación de edificios de las Divisiones de Investigación y Extensión | $ | 9.200.00 |
| CAPITULO 49-C | CAPITULO 49-C | CAPITULO 49-C |
| División Cuarta. | División Cuarta. | División Cuarta. |
| División de Extensión. | División de Extensión. | División de Extensión. |
| C1hV(a). 564/36. Para compra de abonos y semillas | 3.000.00 | |
| C1a(a). 564/38. Para. compra de vehículos, dotación de talleres mecánicos y elementos de laboratorio para Oficinas Centrales, Secciones Agropecuarias y Granjas | 15.000.00 | |
| C1iIII(a). 564/42. Para atender al pago de subvenciones por construcción de bañaderas garrapaticidas | 1.600.00 | |
| C1hIV(a). 564/50. Para compra de maquinaria agrícola, con destino a las Escuelas de Tractoristas en las Secciones Agropecuarias | 110.000.00 | |
| C1hIV(b). 564/151. Para reparación, conservación y repuestos de maquinaria agrícola al servicio de las Escuelas de Tractoristas en las Secciones Agropecuarias, en el corriente año y anteriores | 2.500.00 | |
| A1a. 564/52. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inheréntes a este servicio de la maquinaria agrícola en las Escuelas de Tractoristas, en las Secciones Agropecuarias | 5.500.00 | |
| A1a. 564/53. Para fundación y sostenimiento de Escuelas de Tractoristas, en las Secciones Agropecuarias | 14.661.50 | |
| A2a. 564/61. Para sueldos del personal de la Sección de Boyacá | 19.221.84 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/62. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Boyacá | 12.062.51 | |
| A2a. 564/67. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Cundinamarca | 150.75 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/87. Para todos los gastos que demande el fomento agropecuario de la Intendencia de San Andrés y Providencia y demás Territorios Nacionales, excepto el pago de sueldos | 8.509.64 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/89. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación "La Florida" (Cauca), excepto el pago de sueldos | 5.336.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/91. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de Pubenza, excepto el pago de sueldos | 7.451.34 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/91. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de Mompós, excepto el pago de sueldos | 6.000.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/94. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de Carraipia (Guajira), excepto el pago de sueldos | 1.839.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/95. Para jornales y demás gastos que ocasiones el sostenimiento de la Estación de El Carmen (Bolívar), excepto el pago de sueldos | 8.250.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/99. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de Piedecuesta (Santander), excepto el pago de sueldos | $ | 1.000.00 |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/100. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de "San Isidro" (Cúcuta), excepto el pago de sueldos | 5.168.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/101. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de "Novilleros" (Ubaté.), excepto el pago de sueldos | 4.000.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/102. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de San Jerónimo (Antioquia), excepto el pago de sueldos | 2.500.00 | |
| C1hIII(a).564/105. Para construcciones y demás gastos de instalación de la Estación de "San Julián", en Pitalito (Huila) | 50.000.00 | |
| C1a(a). 564/108. Para compra de vehículos para el servicio de la Campaña contra la fiebre aftosa | 3.840.00 | |
| Ala. 564/109. Para sueros, vacunas, animales para trabajos de experimentación, instrumental veterinario y demás elementos que demande la Campaña contra la Fiebre Aftosa | 26.652.06 | |
| CAPITULO 49-D | CAPITULO 49-D | CAPITULO 49-D |
| División Quinta. | División Quinta. | División Quinta. |
| División de Investigación. | División de Investigación. | División de Investigación. |
| Ala. 564/112. Para viáticos y gastos de transporte del personal de todas las dependencias de la División de Investigación, cuando viaje en comisiones oficiales, en el presente año y anteriores | 10.000.00 | |
| CAPITULO 49-E | CAPITULO 49-E | CAPITULO 49-E |
| División Sexta. | División Sexta. | División Sexta. |
| División de Recursos Naturales. | División de Recursos Naturales. | División de Recursos Naturales. |
| C1a(a). 564/157. Para compra de vehículos para el servicio de la División de Recursos Naturales | 3.750.00 | |
| C1a(a). 564/170. Para compra de vehículos de la Sección de Piscicultura, Caza y Pesca | 1.300.00 | |
| C1a(a). 564/184. Para compra de vehículos para el servicio de la Sección de Bosques, de la División de Recursos Naturales | 70.600.00 |
Artículo segundo. Para la vigencia fiscal en curso con destinó al pago de deudas y compromisos adquiridos en el primer semestre y atender los servicios y obligaciones del segundo semestre, distribúyese parte del saldo disponible de la partida global del Capítulo 49, artículo 564 del Presupuesto de la vigencia en curso, en la forma que a continuación se expresa:
| CAPITULO 49-A | CAPITULO 49-A | CAPITULO 49-A |
|---|---|---|
| Divisiones Primera y Segunda. | Divisiones Primera y Segunda. | Divisiones Primera y Segunda. |
| Gabinete del Ministro y Secretaria General. | Gabinete del Ministro y Secretaria General. | Gabinete del Ministro y Secretaria General. |
| Clave Económica, Arts. y Concepto: | Valor: | Valor: |
| A2a. 564/1. Para sueldos del personal del Gabinete del Ministro y Secretaría General, y gastos de representación del Ministro | 403.979.10 | |
| Ala. 564/2. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Gabinete del Ministro y Secretaria, General, cuando viaje en comisiones oficiales | 55.000.00 | |
| A2a. 564/3. Para el pago de indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, reconocidas en el presente año y anteriores | 12.000.00 | |
| Ala. 564/4. Para gastos extraordinarios e imprevistos y demás gastos menores no contemplados en los artículos que preceden causados en el presente año y anteriores | 145.000.00 | |
| A2a. 564/5. Para pagar al personal del Ministerio, y sus dependencias, la Prima de Navidad, ordenada por la Ley 45 de 1945 y los Decretos 3564 de 1950, 2501 y 3239 de 1953, causada en el presente año y anteriores | $ | 350.000.00 |
| C1a(a). 564/7. Para compra de muebles, enseres y equipos de oficina | 41.700.00 | |
| A1a. 564/8. Para servicio telefónico local, materiales de aseo, aseguros, acarreos, uniformes de Choferes, Celadores y Carteros y demás gastos similares inherentes a estos servicios, en el presente año y anteriores | 32.000.00 | |
| Ala. 564/9. Para cubrir a la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones y Telecomunicaciones, el valor del servicio de radios y conferencias telefónicas a larga distancia, en el presente año y anteriores | 16.500.00 | |
| A1a. 564/10. Para útiles de escritorio, formularios, libros, y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas o índices para los mismos, encuadernación y empaste | 15.500.00 | |
| C1a (a). 564/11. Para compra de vehículos para el servicio del Ministerio | 5.700.00 | |
| Ala. 564/13. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a este servicio de los vehículos del Gabinete del Ministro y Secretaría General, en el corriente año y anteriores | 5.500.00 | |
| A1a. 564/14. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeras, publicaciones oficiales del ramo y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en el corriente año y anteriores | 15.000.00 | |
| C1hIV(a). 564/15. Para la adquisición de elementos, instrumental y sostenimiento de laboratorios y demás gastos con destino a la Campaña de Cine Rural, en el corriente año y anteriores | 18.146.62 | |
| CAPITULO 49-B | CAPITULO 49-B | CAPITULO 49-B |
| División Tercera. | División Tercera. | División Tercera. |
| Departamento de Coordinación de Programas. | Departamento de Coordinación de Programas. | Departamento de Coordinación de Programas. |
| A2a. 564/16. Para sueldos del personal del Departamento de Coordinación de Programas | 37.696.10 | |
| Ala. 564/17. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Departamento de Coordinación de Programas, cuando viaje en comisiones oficiales, en el corriente año y anteriores | 3.000.00 | |
| Educación Agrícola. | Educación Agrícola. | Educación Agrícola. |
| C1a(a).564/22.Para compra de muebles, enseres y equipos de oficina, en el corriente año | 5.000.00 | |
| C1a(b). 564/24. Para gastos de reparación, conservación y repuestos de vehículos en el presente año y anteriores | 500.00 | |
| Ala. 564/25. Para útiles ele escritorio, formular los libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas o índices para los mismos, encuadernación y empaste | 1.500.00 | |
| Ala. 564/26. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes al servicio de los vehículos del Departamento de Coordinación de Programas, en el presente año y anteriores | 500.00 | |
| Economía Agrícola. | Economía Agrícola. | Economía Agrícola. |
| C1a (a). 564/27. Para compra de equipos, dotación, accesorios y enseres para la editorial de la Sección de Economía Agrícola | 1.242.00 | |
| Ala. 564/28. Para jornales, útiles de oficina, materiales, papel y tintas para la editorial y demás gastos inherentes a la Sección de Economía Agrícola | $ | 3.000.00 |
| Ala. 564/31. Para gastos extraordinarios e imprevistos y demás gastos menores no contemplados en los artículos, anteriores, a que deba atender el Departamento de Coordinación de Programas | 57.100.00 | |
| B3III. 564/31-A. Para cumplir obligaciones contractuales con el Instituto de Fomento Algodonero, según contrato del 28 de abril de 1954, en el segundo semestre del corriente año | 50.000.00 | |
| B3I. 564/31-B. Para auxilio al Congreso de Fitoparasitólogos, en el presente año | 50.000.00 | |
| CAPITULO 49-C | CAPITULO 49-C | CAPITULO 49-C |
| División Cuarta. | División Cuarta. | División Cuarta. |
| División de Extensión. | División de Extensión. | División de Extensión. |
| A2a. 564/32. Para sueldos del personal de la División de Extensión, Secciones de Industria Animal, Sanidad Vegetal, Sanidad Animal, Puestos de Monta, Defensa y Conservación de Suelos | 120.516.29 | |
| A1a. 564/33. Para viáticos y gastos de transporte del personal de todas las dependencias de la División de Extensión, cuando viaje en comisiones oficiales | 77.200.00 | |
| C1a (a). 564/34. Para compra de muebles, enseres y equipos mecánicos de oficina | 7.500.00 | |
| Ala. 564/35. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste | 3.660.00 | |
| A1a. 564/37. Para compra de insecticidas, vacunas y drogas en general | 107.773.00 | |
| C1a(b). 564/39. Para reparación, conservación y repuestos de los vehículos, talleres y laboratorios de las Oficinas Centrales, Secciones Agropecuarias y Granjas, en el corriente año y anteriores | 7.000.00 | |
| A1a. 564/41. Para todos los gastos que demande el sostenimiento de Campañas Sanitarias | 60.000.00 | |
| A1a. 564/43. Para todos los gastos que demande la Campaña de Sanidad Portuaria | 16.000.00 | |
| C1iI(a). 564/44. Para compra de reproductores para las Campañas de bovinos, ovinos, equinos, porcinos y caprinos | 975.000.00 | |
| A1a. 564/45. Para los demás gastos que demanden la Campañas de bovinos, ovinos, equinos, porcinos y caprinos | 15.384.00 | |
| CLiIV(a).564/46. Para Campañas avícolas, apícolas, cunículas y otras que adelante la División de Extensión | 50.000.00 | |
| Inseminación Artificial. | Inseminación Artificial. | Inseminación Artificial. |
| A2a. 564/47. Para sueldos del personal de la Campaña de Inseminación Artificial | 139.285.46 | |
| A1a. 564/48. Para jornales, adquisición de elementos concentrados y todos los demás gastos que demande la Campaña Nacional de Inseminación Artificial y su aplicación | 103.600.00 | |
| C1iI(a). 564/49. Para todos los gastos de Puestos de Monta existentes y los que se funden | 36.400.00 | |
| Defensa y Conservación de Suelos. | Defensa y Conservación de Suelos. | Defensa y Conservación de Suelos. |
| C1hVI(b). 564/54. Para pago de jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Campaña de Defensa y Conservación de Suelos, excepto al pago de sueldos | 40.000.00 | |
| Secciones Agropecuarias. | Secciones Agropecuarias. | Secciones Agropecuarias. |
| Antioquia. | Antioquia. | Antioquia. |
| A2a. 564/55. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Antioquia | $ | 47.410.00 |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/56. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Antioquia | 30.000.00 | |
| Atlántico. | Atlántico. | Atlántico. |
| A2a. 564/57. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Atlántico | 25.230.00 | |
| C1hVI(a). C1iiV(a). 564 /58. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Atlántico | 12.000.00 | |
| Bolívar y Córdoba. | Bolívar y Córdoba. | Bolívar y Córdoba. |
| A2a. 564/59. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Bolívar y Córdoba | 43.680.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/60. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Bolívar y Córdoba | 30.000.00 | |
| Caldas. | Caldas. | Caldas. |
| A2a. 564/63. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Caldas | 29.020.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/64. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario, en la Sección Agropecuaria de Caldas | 24.000.00 | |
| Cauca. | Cauca. | Cauca. |
| A2a. 564/65. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Cauca | 33.550.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/66. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Cauca | 27.000.00 | |
| Chocó. | Chocó. | Chocó. |
| A2a. 564/68. Papa sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Chocó | 20.790.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/69. Para jornales y demás, gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Chocó | 21.000.00 | |
| Huila y Caquetá. | Huila y Caquetá. | Huila y Caquetá. |
| A2a. 564/70. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Huila y Caquetá | 31.120.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/71. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario, en la Sección Agropecuaria del Huila y Caquetá | 21.000.00 | |
| Magdalena y Comisaría de la Guajira. | Magdalena y Comisaría de la Guajira. | Magdalena y Comisaría de la Guajira. |
| A2a. 564/72. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Magdalena y Comisaria de la Guajira | 41.090.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/73. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Magdalena y Comisaria de la Guajira | 24.000.00 | |
| Meta. | Meta. | Meta. |
| A2a. 564/74. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Meta | 16.840.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/75. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Meta | 17.106.00 | |
| Nariño y Comisaria del Putumayo. | Nariño y Comisaria del Putumayo. | Nariño y Comisaria del Putumayo. |
| A2a. 564/70. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Nariño y Comisaria del Putumayo | $ | 28.970.00 |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/77. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Nariño y Comisaria del Putumayo | 21.000.00 | |
| Norte de Santader. | Norte de Santader. | Norte de Santader. |
| A2a. 564/78. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Norte de Santander | 30.120.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/79. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuaria en la Sección Agropecuaria de Norte de Santander | 24.000.00 | |
| Santander. | Santander. | Santander. |
| A2a. 564/80. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria de Santander | 37.970.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a) 564/81. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria de Santander | 30.000.00 | |
| Tolima. | Tolima. | Tolima. |
| A2a. 564/S2. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Tolima | 29.250.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/83. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Tolima | 30.000.00 | |
| Valle. | Valle. | Valle. |
| A2a. 564/84. Para sueldos del personal de la Sección Agropecuaria del Valle | 37.800.00 | |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/85. Para jornales y demás gastos que se requieran para el fomento agropecuario en la Sección Agropecuaria del Valle | 30.000.00 | |
| Amazonas. | Amazonas. | Amazonas. |
| A2a. 564/86. Para sueldos del personal del Puesto de Monta de Leticia (Amazonas) | 1.200.00 | |
| Estaciones Agrícolas y Pecuarias. | Estaciones Agrícolas y Pecuarias. | Estaciones Agrícolas y Pecuarias. |
| Estación de "San Jorge". Soacha. | Estación de "San Jorge". Soacha. | Estación de "San Jorge". Soacha. |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/90. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de "San Jorge" (Soacha), excepto el pago de sueldos | 6.000.00 | |
| Estación de Valledupar. | Estación de Valledupar. | Estación de Valledupar. |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/92. Para jornales y demás gastos que ocasiones el sostenimiento de la Estación de Valledupar, excepto el pago de sueldos | 25.798.66 | |
| Estación de la Espriella. Nariño. | Estación de la Espriella. Nariño. | Estación de la Espriella. Nariño. |
| C1hVI(a). C1iV(a). 564/96. Para jornales y gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de la Espriella (Nariño), excepto el pago de sueldos | 6.000.00 | |
| Estación de "San Julián" Pitalito. | Estación de "San Julián" Pitalito. | Estación de "San Julián" Pitalito. |
| (Huila). | (Huila). | (Huila). |
| A2a. 564/103. Para sueldos del personal de la Estación de "San Julián", en Pitalito (Huila) | 6.300.00 | |
| C1hVI(a). CliV(a). 564/104. Para jornales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Estación de "San Julián", en Pitalito (Huila) excepto el pago de sueldos | 24.000.00 | |
| Campaña Nacional contra la Fiebre Aftosa. | Campaña Nacional contra la Fiebre Aftosa. | Campaña Nacional contra la Fiebre Aftosa. |
| A2a. 564/106. Para sueldos del personal de la Campaña Nacional contra la Fiebre Aftosa | 246.770.00 | |
| Ala. 564/107. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Campaña contra la Fiebre Aftosa, cuando viaje en comisiones oficiales, en el corriente año y anteriores | $ | 62.230.75 |
| Ala. 564/107-A. Para jornales y demás gastos que demande la campaña contra la Fiebre Aftosa | 123.766.64 | |
| CAPITULO 49-D | CAPITULO 49-D | CAPITULO 49-D |
| División Quinta. | División Quinta. | División Quinta. |
| División de Investigación. | División de Investigación. | División de Investigación. |
| A2a. 564/110. Para sueldos del personal de la División de Investigación | 52.620.45 | |
| C1hVI(a). 564/111. Para sueldos del personal de los Programas de la Fundación Rockefeller, en la Oficina Central de Investigaciones Especiales, Granja Central de Investigaciones Especiales de Tibaytatá (El Hubí). Granja de La Isla, Granja Experimental de Usme, Granja Experimental de Obonuco y Granja Experimental de Bonza (Decreto 1569 de 23 de junio de 1953) | 79.772.52 | |
| C1a(a). 564/113. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina | 10.211.00 | |
| Ala. 564/114. Para útiles de escritorio, papelería, acarreos y demás gastos similares | 2.000.00 | |
| C1hIV.Ca). 564/118. Para compra de maquinaria agrícola, con destino a las Granjas Experimentales | 23.599.70 | |
| Campaña de Papa. | Campaña de Papa. | Campaña de Papa. |
| C1bV(a). 564/119. Para jornales y demás gastos que demande la Campaña de producción, adquisición y reparto de semillas de papa certificada | 25.250.00 | |
| Servicio Meteorológico. | Servicio Meteorológico. | Servicio Meteorológico. |
| Ala. 564/120 Para: jornales y demás gastos del Servicio Meteorológico, excepto el pago de sueldos | 10.000.00 | |
| Granjas Experimentales. | Granjas Experimentales. | Granjas Experimentales. |
| Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá. | Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá. | Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá. |
| C1hVI(a). 564/121. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá (El Rubí) | 80.000.00 | |
| C1hVI(a). 564/122. Para compra de maquinaria agrícola y vehículos para la Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá (El Rubí) | 19.000.00 | |
| C1hVI(b). 564/123. Para reparación, conservación y repuestos de la maquinaria agrícola y vehículos de la Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá (El Rubí) en el corriente año y anteriores | $ | 3.000.00 |
| A1a. 564/124. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a éste servicio de la maquinaria agrícola y vehículos de la Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá (El Rubí), en el corriente año y anteriores | 6.500.00 | |
| (a). 564/l25. Para continuar las construcciones de la Granja Central de investigaciones de Tibaytatá (El Rubí) | 80.000.00 | |
| C1hIII(a). 564/126. Para gastos de dotación de edificios, laboratorios y oficinas en la Granja Central de Investigaciones de Tibaytatá (El Rubí) | 70.000.00 | |
| C1hIII(a). 564/128. Para los demás gastos que ocasionen los trabajos de investigación agrícola en colaboración con la Fundación Rockefeller | 31.000.00 | |
| Granja Experimental de Chía. | Granja Experimental de Chía. | Granja Experimental de Chía. |
| A2a. 564/129. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Chía | 5.700.00 | |
| C1hVI(a). 564/130. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Chía | 8.000.00 | |
| Granja Experimental de Papa. | Granja Experimental de Papa. | Granja Experimental de Papa. |
| Usme. | Usme. | Usme. |
| C1hVT(a). 564/131. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Papa, en Usme | 50.000.00 | |
| Granja Experimental de Obonuco. | Granja Experimental de Obonuco. | Granja Experimental de Obonuco. |
| Nariño. | Nariño. | Nariño. |
| C1hVI (a). 564/132. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Obonuco (Nariño) | 30.000.00 | |
| Grnaja Experimental de Palmira. | Grnaja Experimental de Palmira. | Grnaja Experimental de Palmira. |
| A2a. 564/133. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Palmira | 65.145.35 | |
| C1hVI (a). 564/134. Para sueldos del personal de los Programas de la Fundación Rockefeller en la Granja Experimental de Palmira | 12.600.00 | |
| C1hVI(a). 564/135. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación de la Granja Experimental de Palmira | 282.499.98 | |
| Granja Experimental "Tulio Ospina". Medellín. | Granja Experimental "Tulio Ospina". Medellín. | Granja Experimental "Tulio Ospina". Medellín. |
| A2a. 564/136. Para sueldos del personal de la Granja Experimental "Tulio Ospina", de Medellín | 28.517.51 | |
| C1hVI(a). 564/137. Para sueldos del personal de los Programas de la Fundación Rockefeller, en la Granja Experimental "Tulio Ospina" de Medellín | 30.626.00 | |
| C1hVI(a). 564/138. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación de la Granja Experimental "Tulio Ospina", de Medellín | 90.000.00 | |
| CLhIII(c). 564/138-A. Para compra de terrenos para la Granja Experimental "Tulio Ospina", de Medellín | 90.000.00 | |
| Granja Experimental de Bonza. | Granja Experimental de Bonza. | Granja Experimental de Bonza. |
| C1hVI(a). 564/139: Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación de la Granja Experimental de Bonza | 24.000.00 | |
| Granja Experimental del Nus. | Granja Experimental del Nus. | Granja Experimental del Nus. |
| A2a. 564/140. Para sueldos del personal de la Granja Experimental del Nus | $ | 6.000.00 |
| C1hVI(a). 564/141. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental del Nus | 51.000.00 | |
| Granja Experimental de Armero. | Granja Experimental de Armero. | Granja Experimental de Armero. |
| A2a. 564/142. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Armero y del Campo Experimental de "El Llano de la Virgen", en Garzón (Huila) | 11.022.00 | |
| C1hVI(a). 564/143."Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Armero | 95.000.00 | |
| Granja Experimental de Montería. | Granja Experimental de Montería. | Granja Experimental de Montería. |
| A2a. 564/144. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Montería | 8.276.16 | |
| C1hVI(a). 564/145. Para sueldos del personal de los Programas de la Fundación Rockefeller, en la Granja Experimental de Montería | 12.600.00 | |
| C1hVI(a). 564/146. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Montería | 59.999.96 | |
| Granja Experimental de Tolúviejo. | Granja Experimental de Tolúviejo. | Granja Experimental de Tolúviejo. |
| A2a. 564/1.47; Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Tolúviejo | 4.800.00 | |
| C1hVI(a). 564/148. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Tolúviejo | 32.992.00 | |
| Granja Experimental de Aracataca. | Granja Experimental de Aracataca. | Granja Experimental de Aracataca. |
| A2a. 564/149. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de Aracataca | 12.300.00 | |
| C1hVI(a). 564/150. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Aracataca | 60.000.00 | |
| Granja Experimental de, "Iraca". | Granja Experimental de, "Iraca". | Granja Experimental de, "Iraca". |
| San Martín (Meta). | San Martín (Meta). | San Martín (Meta). |
| A2a. 564/151. Para sueldos del personal de la Granja Experimental de "lracá", en San Martín (Meta) | 6.000.00 | |
| C1hVI(a). 564/152. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación, en la Granja Experimental de "lracá", en San Martin (Meta) | 35.833.26 | |
| Granja Experimental de Mariquita. | Granja Experimental de Mariquita. | Granja Experimental de Mariquita. |
| C1hVI(a) 564/153. Para jornales y todos los demás gastos que se requieran para los trabajos de investigación en la Granja Experimental de Mariquita | 12.000.00 | |
| CAPITULO 49-E | CAPITULO 49-E | CAPITULO 49-E |
| División Sexta. | División Sexta. | División Sexta. |
| División de Recursos Naturales. | División de Recursos Naturales. | División de Recursos Naturales. |
| A2a. 564/154. Para sueldos del personal de la División de Recursos Naturales | 368.530.00 | |
| Ala. 564/155. Para viáticos y gastos de transporte del personal de todas las dependencias de la División de Recursos Naturales, cuando viaje en comisiones oficiales | 51.193.72 | |
| C1a(b). 564/158. Para reparación, conservación y repuestos de los vehículos de la División de Recursos Naturales en el corriente año y anteriores | 1.999.76 | |
| Ala. 561/159. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes, a este servicio, de los vehículos de la División de Recursos Naturales | $ | 2.000.00 |
| C1a(a). 564/160. Para compra de muebles, enseres, equipo mecánico de oficina e instrumental de ingeniería | 4.200.00 | |
| Comisiones Divisoras. | Comisiones Divisoras. | Comisiones Divisoras. |
| Cauca. | Cauca. | Cauca. |
| A2a. 564/162. Para sueldos del personal de la Comisión Divisora del Resguardo de Indígenas de Inzá (Cauca) | 12.000.00 | |
| Ala. 564/163. Para gastos de sostenimiento de la Comisión Divisora del Resguardo de Indígenas de Inzá (Cauca) | 2.499.92 | |
| Nariño. | Nariño. | Nariño. |
| A2a. 564/164. Para sueldos del personal de la Comisión Divisora del Resguardo de Indígenas del Departamento de Nariño | 12.000.00 | |
| A1a. 564/465. Para atender a los gastos que demande el sostenimiento de la Comisión Divisora del Resguardo de Indígenas del Departamento de Nariño | 2.499.92 | |
| Baldíos. | Baldíos. | Baldíos. |
| A2a. 564/166. Para sueldos del personal de las Comisiones de Adjudicación de terrenos baldíos | 32.300.00 | |
| A1a. 564/167. Para jornales, combustibles, forrajes, adquisición de herramientas y demás gastos que demande el sostenimiento de las Comisiones de Adjudicación de terrenos baldíos | 6.000.00 | |
| Vigilancia Forestal. | Vigilancia Forestal. | Vigilancia Forestal. |
| Ala. 564/168. Para atender a los gastos que demanden las Campanas de Vigilancia Forestal, dotación de Inspectorías de Recursos Naturales y Defensa de los Recursos Naturales Renovables | 27.221.50 | |
| Piscicultura, Caza y Pesca. | Piscicultura, Caza y Pesca. | Piscicultura, Caza y Pesca. |
| C1iV(b). 564/169. Para atender a los gastos que demande el sostenimiento y ensanche de las Estaciones de Piscicultura, y para atender a las Campañas de Piscicultura, Caza y Pesca, excepto el pago de sueldos | 50.000.00 | |
| C1a(b). 564/171. Para reparación, conservación y repuestos de vehículos al servicio de las Inspecciones de Pesquería, en el país | 5.000.00 | |
| Ala. 564/172 Para pago de jornales, materiales, combustibles y demás gastos que ocasione el normal funcionamiento de las Inspecciones de Pesquería en el país | 11.500.00 | |
| Reglamentación de Aguas. | Reglamentación de Aguas. | Reglamentación de Aguas. |
| A2a. 564/173. Para sueldos del personal de las Comisiones de Estudios para la reglamentación de aguas de uso público | 23.000.00 | |
| Provisión de Aguas de La Guajira. | Provisión de Aguas de La Guajira. | Provisión de Aguas de La Guajira. |
| A2a. 564/J 76. Para sueldos del personal de la Provisión de Aguas de La Guajira | 24.000.00 | |
| Ala. 564/177. Para pago de jornales, viáticos y transportes, adquisición de materiales, sanidad y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Provisión de Aguas de La Guajira | 167.499.92 | |
| C1dII(a). 564/178. Para adquisición de equipos con destino a la Provisión de Aguas de La Guajira | 12.499.96 | |
| C1dIl(a). 564/179. Para atender a los gastos que demande la construcción de represas y perforación de pozos para la Provisión de Aguas de la Comisaría Especial de La Guajira | 75.000.00 | |
| Comisión de Aguas de la Zona Bananera. | Comisión de Aguas de la Zona Bananera. | Comisión de Aguas de la Zona Bananera. |
| A2a. 564/180. Para sueldos del personal de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera | $ | 6.780.00 |
| Ala. 564/181, Para pago de jornales, adquisición de materiales y demás gastos que ocasione el funcionamiento de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera | 19.999.96 | |
| Comisión de Aguas de Cali. | Comisión de Aguas de Cali. | Comisión de Aguas de Cali. |
| A2a. 564/182. Para sueldos del personal de la Comisión de Aguas de Cali | 21.420.00 | |
| Ala. 564/183. Para pago de jornales, adquisición de materiales y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Comisión de Aguas de Cali | 15.000.00 | |
| Sección de Bosques. | Sección de Bosques. | Sección de Bosques. |
| C1a(b). 564/185. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de vehículos de la Sección de Bosques, de la División de Recursos Naturales | 500.00 | |
| A1a. 564/186. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos, similares inherentes a este servicio de los vehículos de la Sección de Bosques, de la División de Recursos Naturales | 1.900.00 | |
| Cik(a). 564/187 Para pago de jornales, adquisición de materiales de construcción y herramientas de labor, abonos, semillas y demás gastos similares que ocasione el funcionamiento de la Sección de Bosques de la División de Recursos Naturales, excepto el pago de sueldos | 28.250.00 |
Artículo tercero. Los saldos disponibles que muestran las apropiaciones presupuéstales del Ministerio de Agricultura, liquidados al 30 de junio del corriente año, pueden gastarse o invertirse en lo que resta de la vigencia fiscal en curso o reservarse, de acuerdo con las disposiciones fiscales que rigen sobre el particular.
Artículo cuarto. Para el pago de los sueldos hasta el 31 de diciembre del corriente año, y de conformidad con el Decreto reorgánico número 1078 de abril 19 de 1954, y en lo que corresponde a las Secretarias Administrativa y Técnica, deberán cubrirse con imputación a los Capítulos y artículos que a continuación se expresan:
Secretaria Administrativa. Capítulo 49-A, artículo 564/1.
Secretaría Técnica. Capítulo 49-B, artículo 504/46.
Artículo quinto. El presente Decreto suspende los efectos del Decreto número 2019 de 6 de julio del corriente año, sobre ejercicio de las apropiaciones parciales determinadas por los Decretos número 203 y 524 de 1954.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de octubre de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces R.
El Ministro de Agricultura,
Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)