por el cual se crean unos cargos. Ramo de Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1949-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 7° y 15 de la Ley 88 de 1931,

DECRETA:

Artículo 1° En la Comisión de Estudios de la Carretera Palmira-Chinche-Chaparral, se crean los siguientes cargos con las remuneraciones mensuales que se expresan a continuación:

Parágrafo. Los sueldos de los cargos que se crean por el presente Decreto se pagarán con cargo a la partida apropiada en el Presupuesto para esta obra, artículo 2243, Capítulo 112.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de septiembre de 1949.

MARIANOOSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO -El Ministro de Obras Públicas Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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