Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca

Rango Decreto
Publicación 1985-10-17
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 13, literal A, del Decreto 2682 del 20 de septiembre de 1983,

DECRETA:

ARTICULO 1ºApruébase el Acuerdo número 21 de agosto 1º de 1985 del Consejo Directivo de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 21 DE 1985

(agosto 1°)

por el cual se incorpora como adición al Presupuesto de Ingresos y Rentas y Gastos de la Corporación, para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC, de la vigencia fiscal de 1985, una suma de dos cientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00), como apropiación del Presupuesto Nacional.

El Consejo Directivo de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, en ejercicio de sus facultades, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 1980 del 19 de julio de 1985 fue adicionado con recursos del Presupuesto Nacional, el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, en una suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000 000.00);

Que para proceder a la ejecución de los recursos apropiados en la mencionada ley, se requiere, inicialmente, de su incorporación al Presupuesto de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca,

ACUERDA:

Artículo 1°Incorporar como adición al Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, de la presente vigencia fiscal, una suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00), como apropiación del Presupuesto Nacional y de conformidad con el Decreta número 1980 del 19 de julio de 1985.

Artículo 2°Incorporar como adición al Presupuesto de Gastos de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, de la presente vigencia fiscal, una suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00), de conformidad con el Decreto número 1980 del 19 de julio de 1985 y cuya distribución es la siguiente:

GASTOS DE INVERSION

CAPITULO 21

CORPORACION PARA LA RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO DEL DEPARTAMENTO DEL CAUCA.

PROGRAMA 5112

Plan de Reconstrucción Social, Económico y Material del Cauca en zonas afectadas por el sismo.

INVERSION DIRECTA.

NUMERAL

50501 Construcción, adecuación y dotación de sistemas de Acueductos Alcantarillado y Aseo (Ley 11/83).

PROYECTO:

7. Transferir a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Popayán BIRF 1558/CO $61.400.000
50502 Adquisición y Mantenimiento de Equipos para Obras Públicas.

Proyecto:

2. Equipo de Bomberos Popayán. Contrapartida BIRF 2379/CO. 6.000.000
50503 Construcción y Reconstrucción de Vías.

Proyecto:

2. Obras viales y complementarias en los Asentamientos. Transferir al Municipio de Popayán BIRF 1558/CO 3.100.000
50504 Plan de Energía Eléctrica del Cauca.

proyecto:

3. Electrificación en los Asentamientos Transferir a CEDELCA BIRF 1558/CO 22.200.000
50504 A Construcción, ampliación y dotación de los sistemas servicio telefónico.

Proyecto:

1. Transferir a la Empresa de Teléfonos de Popayán BIRF 1558/CO. 2.800.000
50506 Construcción y adecuación de Edificaciones Públicas.

Proyectos:

1. Construcción del Centro Administrativo Municipal de Popayán.
Contrapartida Crédito BIRF 2379/ CO. 72.100.000
4. Reconstrucción Terminal de Transporte, Contrapartida Crédito BIRF 2379/CO 6.000.000
7. Construcción y dotación aulas escolares. Transferir al ICCE BIRF 1558/CO 46.400.000
50507 Desarrollo Institucional.

Proyecto:

1. Proyectos varios de Desarrollo Institucional (Distribución previo concepto D.N.P. ). Contrapartida Crédito BIRF 2379/CO 20.000.00
50508 Créditos de Fomento.

Proyecto:

2. Financiamiento al Sector Productivo.
Transferir a la Corporación Financiera Popular BIRF 1558/CO. 10.000.000
Total Adición $250.000.000

Artículo 3°Delegar en el Director Ejecutivo de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC, la facultad de aprobar los Acuerdos Cuatrimestrales de Obligaciones y Mensuales de Ordenación de Gastos sobre los cuales se basará la ejecución del presente Presupuesto.

Artículo 4°El Presupuesto que se incorpora en este Acuerdo se regirá por las normas establecidas en el Decreto - ley número 294 de 1973 con sus modificaciones y por las disposiciones contempladas en el Decreto número 3098 de 1984.

Artículo 5°El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 1°de agosto de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente,

(Fdo.) LILIAM SAREZ MELO.

El Secretario,

(Fdo.) FERNANDO IRAGORRI C.

ARTICULO 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de octubre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Victor G. Ricardo Piñeros.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.