Por el cual se distribuye una partida (Ramo de Carreteras)
El Presidente de la Republica de Colombia en uso de sus facultades legales.
DECRETA:
Artículo único. De la partida apropiada en el capítulo 3103, programa 1, articulo 31094 proyecto 1 "conservación adiciones y mejoras de carreteras nacionales que producen impuestos de peaje, según distribución que hará el gobierno hacese las siguiente distribución.
Capítulo 3103 -Artículo 31004 proyecto 1
| Ordinal 1) Carretera de Antioquia | 462.690.39 |
|---|---|
| Ordinal 2) Carreteras del Tolima | 372.768.17 |
| Ordinal 3) Carreteras de Cundinamarca | 1.445.294.00 |
| Ordinal 4) Carreteras del valle | 1.962.716.30 |
| Ordinal 5) Carretera la cordialidad y frontera occidental | 850.173.10 |
| Ordinal 6) Carreteras de caldas | 531.358.43 |
| Total $ | 4.725.000.00 |
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 9 de febrero de 1961
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda Y Crédito Publico Hernando Agudelo Villa El Ministro de Obras Publicas Misael Pastrana Borrero.
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