Por el cual se destina una suma

Rango Decreto
Publicación 1947-09-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo primero. Destínase la suma de diez mil pesos ($ 10.000) para el fomento e intensificación agrícola en la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia.
Artículo segundo. La suma destinada por este Decreto será girada al Tesorero General de la Intendencia, funcionario que para su manejo se someterá a las normas que señala la Contraloría General de la República.
Artículo tercero. El Intendente Nacional de San Andrés y Providencia remitirá un informe detallado al Ministerio de la Economía Nacional sobre la forma como se invierten los fondos que se destinan por medio de este Decreto.
Artículo cuarto. El gasto que se ocasione se hará con imputación al Capítulo 55, artículo 790, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de septiembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de la Economía Nacional,

Moisés PRIETO

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