por el cual se modifica el Decreto número 3438 de 1947

Rango Decreto
Publicación 1949-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase el artículo 2°, Decreto 3438 de 1947 en la forma siguiente: la Junta a que se refiere el artículo primero del Decreto 3438 estará integrada por el Jefe del Departamento Técnico y el Jefe de la Sección de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos; los Superintendentes Técnicos de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones; un representante de las Secciones de Radiocomunicaciones del Ejército, la Marina y la Aviación Militar designados por el Ministro de Guerra; el Director General de Aeronáutica Civil y un representante de la Asociación Nacional de Radiodifusión.
Artículo 2° Derógase en su totalidad el artículo 4° del Decreto 3438 de 1947.
Artículo 3° El presente Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 26 de septiembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Guerra, General Rafael SANCHEZ AMAYA -El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO.

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