Por el cual se modifican los Decretos 810 y 826 de marzo 26 de 1960

Rango Decreto
Publicación 1961-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Modificase el Decreto número 810 de marzo 26 de 1960 por el cual se distribuyen las partidas apropiadas .en el Capítulo 391, artículo 4126, ordinal 26; del Presupuesto Nacional vigente para pagar el aporte, de la Nación con destino al sostenimiento del Instituto Piloto de Educación Rural de Pamplona (Norte de Santander), así:

Declárase como sobrante la cantidad de $ 4.400 correspondiente a pago de sueldos Decreto número 810, articulo .1°, parágrafo la).

Artículo segundo. el sobrante de $ 4.400.00 de que trata el artículo anterior se distribuye así:

Al artículo 1° parágrafo 1° para pago de profesorado externo, $ 4.400.00.

Artículo tercero. Modificase el Decreto número 826 de marzo 26 de 1960 por el cual se distribuya la partida de $ 150.000.00 apropiados en el capítulo 391, articulo 4125 ordinal 25 del presupuesto de la actual vigencia para el sostenimiento general de la Escuela Normal asociada al Instituto Piloto de Educación Rural de Pamplona así:

Declárase como sobrante la cantidad de $ 11.200.00 correspondientes al artículo 1° parágrafo 4°

Artículo cuarto. Los $ 11.200.00 de que trata el artículo anterior, se distribuyen así:
Al, artículo 1° parágrafo 1° para pago de profesorado externo $ .000.00
Al parágrafo 2°para pago de Prima de navidad del profesorado $ 600 00
Al parágrafo 6° para gastos imprevistos y demás gastos no contemplados en los artículos anteriores $ 7.600.00
Total $ 11.200.00
Artículo quinto. En los términos anteriores quedan modificados los Decretos números 810 y 826 de marzo 20 de 1960.

Comuníquese.

Dado en Bogotá D. E., a 29 de. Diciembre de 1960.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa

El Ministro de Educación. Nacional,

Alfonso Ocampo Londoño

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