Por el cual se reorganizan las Administraciones de Correos (Principales) de la Republica
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir del 15 de diciembre las Administraciones Principales de correos del país quedarán organizadas en la forma siguiente:
Administración Central de Correos de Bogotá.
Administración Principal de primera clase: Agencia Postal de Barranquilla, administraciones Principales de Medellín y Cali.
Administraciones Principales de segunda clase: Agencias Postales de Buenaventura y Cartagena, Administraciones Principales de Bucaramanga y Manizales.
Administraciones Principales de tercera clase: Agencia Postal de Santa Marta y Administraciones Principales de Cúcuta, Ibagué, Neiva, Tunja, Popayán y Pasto.
Artículo 2°. La Administración Central de Bogotá funcionará con las siguientes Secciones:
Sección de Encomiendas y Valores Declarados.
Sección de Recibo y Despacho de Correos.
Sección de Recomendados del Interior y Exterior.
Almacén de Sacos.
Artículo 3º. Las Administraciones de primera clase funcionarán con las siguientes Secciones.
Sección de Encomiendas y Valores Declarados.
Sección de Recibo y Despacho de Correos.
Sección de Recomendados del Interior y Exterior.
Almacén de Sacos.
Sección de Giros Postales.
La Agencia Postal de Barranquilla, tendrá, además. La Sección de Cambio.
Artículo 3º. Las Administraciones Principales de segunda clase funcionarán con las siguientes Secciones:
Sección de Encomiendas. Valores Declarados, Especies Postales.
Sección de Recibo y Despacho de Correos.
Sección de Recomendados del interior y Exterior.
Sección de Giros Postales.
Las Agencias Postales de Buenaventura y Cartagena tendrán además Sección de Cambio.
Artículo 4º. Las administraciones Principales de tercera clase funcionarán con las siguientes Secciones:
Recibo y Despacho de Correos.
Encomiendas, Valores Declarados, Recomendados del Interior y Exterior, y Especies Postales.
Giros Postales.
Pasaportes y Sacos.
La Agencia Postal de Santa Marta tendrá además Sección de Cambio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 5 de diciembre de 1936.
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Correos y Telégrafos,
J. ECHEVERRI DUQUE
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