Por el cual se prorroga el término de la Misión de Estudios sobre el sector agropecuario

Rango Decreto
Publicación 1989-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional para el cumplimiento de la parte B, de la Sección 3, del artículo III del Contrato de Préstamo número 2677 del 27 de mayo de 1986, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, mediante Decreto número 2457 de 24 de diciembre de 1987, integró la denominada Misión de Estudios sobre el Sector Agropecuario;

Que conforme al artículo 7º del mencionado Decreto, la Misión para realizar sus labores dispondrá de un plazo de 18 meses, los cuales concluyen el 22 de enero de 1990;

Que el Director Técnico de la Misión presentó al Consejo Directivo en reunión efectuada el día 23 de noviembre de 1989, un informe de las actividades ejecutadas anotando la necesidad de ampliar el plazo de la Misión, en razón de lo cual dicho Consejo autorizó al Director Técnico para que en coordinación de las autoridades competentes tramitara la prórroga solicitada.

DECRETA:

Artículo 1º Prorrogar el plazo establecido en el artículo 7º del Decreto número 2457 del 24 de diciembre de 1987, para el cumplimiento de los objetivos de la Misión de Estudios del Sector Agropecuario hasta 31 de mayo de 1990.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de diciembre de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Agricultura,

Gabriel Rosas Vega.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Luis Bernardo Flórez Enciso.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.