por el cual se aprueba el Acuerdo número 0043 del 28 de noviembre de 1997 que suprime unos cargos de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA en liquidación
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y en concordancia con lo establecido por el Decreto 1682 del 27 de junio de 1997,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el acuerdo número 0043 del 28 de noviembre de 1997, por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA en liquidación, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 0043 DE 1997
(noviembre 28)
por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA en liquidación,
La Junta Liquidadora del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA en liquidación, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto 1682 de 1997,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprimir a 31 de diciembre de 1997, de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 0025 del 29 de julio de 1993 y aprobada por el Decreto 1843 de 1993, los siguientes cargos:
DIRECCION GENERAL
| Cargos a suprimir | Denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 | Secretario Bilingüe | 5235 | 25 |
| PLANTA GLOBALIZADA | |||
| 1 | Subdirector General de Entidad | ||
| Descentralizada | 0040 | 09 | |
| 3 | Jefe de División | 2040 | 18 |
| 13 | Investigador Científico | 3000 | 15 |
| 13 | Profesional Universitario | 3020 | 10 |
| 8 | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 6 | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
| 1 | Técnico Administrativo | 4065 | 11 |
| 2 | Técnico Operativo | 4080 | 11 |
| 1 | Técnico Operativo | 4080 | 07 |
| 1 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 16 |
| 2 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
| 1 | Operario Calificado | 5300 | 09 |
Artículo 2º. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto-ley 1682 del 27 de junio de 1997 y el presente Acuerdo, tendrán derecho a la opción de ser indemnizados o al derecho preferencial a ser revinculados en otros cargos de carrera, conforme a lo consagrado en la Ley 27 de 1992, los Decretos 1223 de 1993, 2311 y 2316 de 1997 y demás normas que los modifiquen o adicionen.
Artículo 3º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente el Acuerdo 0025 de 1993, deroga el Acuerdo 0039 del 18 de noviembre de 1997 y requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente Junta Liquidadora,
(Fdo.) Juan Guillermo Durán Mantilla.
La Secretaria Junta Liquidadora,
(Fdo.) María Aurora Mejía Novoa."
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga en lo pertinente el artículo 2º del Decreto 1843 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio José Urdinola Uribe.
El Ministro de Minas y Energía,
Orlando José Cabrales Martínez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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