Por el cual se ordena una emisión de estampillas para Cruz Roja

Rango Decreto
Publicación 1955-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Autorizase al emisión de cinco millones (5.000.000) de estampillas para Cruz Roja, con los retratos de los fundadores de la Cruz Roja Universal y Cruz Roja Colombiana.
Artículo 2° El gasto a que se refiere el artículo anterior lo hará el Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, con cargo a la cuenta "3% Correo Aéreo".

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de noviembre de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier GeneralGustavo Berrío Muñoz.

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