Por el cual se prorroga el Congreso

Rango Decreto
Publicación 1922-03-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

decreta:

Artículo único. Prorróganse nuevamente las sesiones del Cuerpo Legislativo por el tiempo que esta honorable entidad estime necesario para la expedición del presupuesto Nacional y de los asuntos fiscales que aún faltan por resolver.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 3 de enero de 1922.

JORGE HOLGUÍN-Ministro de Gobierno, Víctor M. Salazar.

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