Por el cual se aclara la leyenda de un artículo del presupuesto de rentas y gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1928-01-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso do sus atribuciones legales, y

considerando:

Que en la Ley sobre Presupuestos de rentas y gastos para el presente año se votó la suma de $ 400,000 para atender a los gastos que demande el fomento de la inmigración y de la agricultura; y

Que en la liquidación del mismo Presupuesto, en el artículo 499, se omitieron las palabras "y de la agricultura" omisión que altera la voluntad del legislador,

decreta:

Artículo único, La leyenda, del artículo 499 de la liquidación del Presupuesto de rentas y gastos para la actual vigencia, es la siguiente:

"Para atender a los gastos que demande el fomento de la inmigración y de la agricultura (Leyes 53 da 1913, artículo 2° de la Ley 42 de 1914, 114 de 1922 y 74 de 1926) $400,000"

Publíquese y ejecútese,

Dado en Bogotá a 3 de enero de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO.

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