Por el cual se adiciona el presupuesto de rentas para 1932

Rango Decreto
Publicación 1932-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de rentas para el año fiscal de 1932, así:

Impuesto de pasajes , & 150,000.

Artículo 2° El impuesto de pasajes se seguirá cobrando en la misma forma en que venía haciéndose con anterioridad a la vigencia de la Ley 128 de 1931.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de enero de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

Por el Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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