por el cual se distribuye el auxilio destinado a los Territorios Nacionales en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia fiscal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo único. De la cantidad de doscientos veinticuatro mil pesos ($ 224,000) apropiada en el Presupuesto Nacional de la actual vigencia fiscal, capítulo 67, artículo 501, "para gastos de administración de los ocho Territorios Nacionales," restantes, destinanse las siguientes sumas para auxiliar en sus gastos a las Intendencias Nacionales y Comisarías Especiales que en seguida se enumeran:
| Para la Comisaría Especial de Arauca | $ | 26,000.00 |
|---|---|---|
| Para la Comisaría Especial del Caquetá | 15,000.00 | |
| Para la Comisaría Especial de La Goajira | 40.000.00 | |
| Para la Intendencia Nacional del Meta | 1,000.00 | |
| Para la Comisaría Especial del Putumayo | 36,000.00 | |
| Para la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia | 23,000.00 | |
| Para la Comisaría Especial del Vaupés | 39,000.00 | |
| Para la Comisaría Especial del Vichada | 44,000.00 | |
| Suman | $ | 224,000.00 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 5 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Agricultura y Comercio. Nicolás LLINAS VEGA | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 5 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Agricultura y Comercio. Nicolás LLINAS VEGA | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 5 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Agricultura y Comercio. Nicolás LLINAS VEGA |
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