Por el cual se reforma el de fecha 10 de los corrientes, marcado con el número 150
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Art. 1º La clase de música se dará diariamente en cada una de las Escuelas Normales del Departamento de Boyacá.
Art 2.° Queda en estos términos reformado el decreto de fecha 10 de los corrientes, marcado con el número 150.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Abril de 1890.
CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Instrucción pública,
Jesús Casas Rojas.
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