Por el cual se dicta una disposición para la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1922-03-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades legales, y para dar cumplimiento a lo ordenado en la última parte del artículo 1.° de la Ley 6.° del presente año,

decreta :

Artículo único. Las Secciones de Fronteras de Puerto Asís y Florencia, de la Policía Nacional, además de los empleados civiles que les fija el articulo 1.° de la Ley 6.° del presente año, tendrán el siguiente personal con las asignaciones mensuales que se indican:

Puerto Asís

Un Comisario de primera clase, cien pesos $ 100
Dos Agentes de primera clase, a treinta y ocho pesos cada uno 76
Dos Agentes de segunda clase, a treintay seis pesos cada uno. 72
Ocho Agentes de tercera clase; a treinta y cuatro pesos cada uno 272
Florencia. Continuará con el personal que tiene, así
Un Comisario de primer clase, cien pesos 100 100
Dos Agentes de primera clase, a treinta y ocho pesos cada uno 76 76
Dos Agentes de segunda clase, a treinta y seis pesos cada uno . 72 72
Diez y seis Agentes de tercera clase, a treinta y cuatro pesos cada uno 544 544

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de marzo de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Gobierno, Víctor M SALAZAR.

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