Por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de enerode 1983, increméntanseen un siete por ciento (7%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del personal administrativo de servicio en el exterior.
Artículo 2º Si resultaren fracciones inferiores a US$ 10.00, se aproximarán a la decena siguiente.
Artículo 3º Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de febrero de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Lloreda Caicedo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
El Jefe del Departamento Administrativo del. Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén
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