Por el cual se aprueba la estructura orgánica y las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario 1050 de 1968,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase la estructura orgánica y las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, adoptadas mediante el Acuerdo número 20 de 1985 del Consejo Directivo de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 20 DE 1985
(junio 28)
por el cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Cauca. CVC, y se determinan las funciones de sus dependencias.
El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
I - ESTRUCTURA ORGANICA
Artículo 1 La estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, será la siguiente:
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- CONSEJO DIRECTIVO.
-
- DIRECCION EJECUTIVA.
- 2.1. Oficina de Planeación
2.1.1. División de Planeamiento Energético.
2.1.2. División de Planeamiento Agropecuario.
2.1.3. División de Desarrollo Regional y Urbano.
2.1.4. División de Estudios Sociales y Económicos.
2.1.5. Grupo de Estadística,
2.1.6. Grupo de Documentación y Biblioteca.
- 2.2. OFICINA DE AUDITORIA INTERNA.
- 2.3. SECRETARIA GENERAL.
2.3.1. Sección de Comunicaciones.
2.3.2. Sección de Bienes.
- 2.4. OFICINA JURIDICA.
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- SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA.
- 3.1. DIVISION DE ORGANIZACION, METODOS Y SISTEMAS.
- 3.2. DIVISION DE FINANZAS.
3.2.1. Sección de Presupuesto.
3.2.2. Sección de Tesorería.
3.2.3. Sección de Contabilidad.
3.2.4. Sección de Impuestos.
3.2.5. Grupo de Nóminas.
3.2.6. Grupo de Manejo de Préstamos.
- 3.3. DIVISIÓN DE PERSONAL.
3.3.1. Sección de Selección y Desarrollo de Personal
3.3.2. Sección de Bienestar Social.
3.3.3. Sección de Seguridad Industrial.
- 3.4. DIVISION DE SERVICIOS GENERALES.
3.4.1. Sección de Transportes.
3.4.2. Sección de Compras.
3.4.3. Sección de Importaciones,
3.4.4. Sección de Almacenes.
3.4.5. Sección de Servicios Auxiliares.
- 3.5. DIVISION DE VALORIZACION.
3.5.1. Sección Técnica.
3.5.2. Sección de Contribuciones de Valorización.
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- SUBDIRECCION DE RECURSOS NATURALES.
- 4.1. DIVISION DE AGUAS.
4.1.1. Sección de Aguas Subterráneas.
4.1.2. Sección de Control de la Contaminación.
4.1.3. Sección de Administración de Aguas,
4.1.4. Sección de Obras Menores.
4.1.5. Sección de Operación y Mantenimiento de Obras
- 4.2. DIVISION DE ASISTENCIA TECNICA AGROPECUARIA.
4.2.1. Sección de Suelos.
4.2.2. Sección de Fomento y Extensión.
4.2.3. Sección de Administración de Fincas.
- 4.3. DIVISION DE CUENCAS HIDROGRAFICAS.
4.3.1. Sección de Administración de Cuencas.
4.3.2. Sección de Conservación y Control.
- 4.4. GRUPO DE CARTOGRAFIA.
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- SUBDIRECCION DE ENERGIA.
- 5.1. DIVISION DE PROYECTOS ELECTRICOS.
5.1.1. Sección de Estudios.
5.1.2. Sección de Construcción de Redes Eléctricas.
- 5.2. DIVISION DE OPERACIONES ELECTRICAS.
5.2.1. Sección de Electrificación.
5.2.2. Sección de Subtransmisión y Distribución.
5.2.3. Sección de Administración y Servicios al Consumidor.
5.2.4. Sección de Trasmisión Primaria.
- 5.3. DIVISION DE OPERACION DE CENTRALES.
5.3.1. Sección de Mantenimientos Especiales.
5.3.2. Sección Planta de Salvajina.
5.3.3. Sección de Planta Alto Anchicayá.
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- SUDIRECCION TECNICA.
- 6.1. DIVISION DE ESTUDIOS TECNICAS.
6.1.1. Sección de Estudios Especiales.
6.1.2. Sección de Adecuación de Tierras.
6.1.3. Sección de Hidroclimatología.
- 6.2. DIVISION DE INGENIERIA CIVIL.
6.2.1. Sección de Interventoría y Normas Técnicas.
6.2.2. Sección de Geotecnia
6.2.3. Sección de Topografia,
6.2.4. Sección de Dibujo.
- 6.3. DIVISION DE CONSTRUCCION DE OBRAS ESPECIALES.
6.3.1. Sección de Programación de Obras.
6.3.2. Sección de Administración de Obras.
6.3.3. Sección de Control de Obras Especiales.
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- SUBDIRECCION DEL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL PARA LA COSTA PACIFICA, PLADEICOP.
- 7.1. DIVISION DE PROGRAMACION Y CONTROL
7.1.1. Sección de Planeación y Programación.
7.1.2. Sección de Administración Financiera.
- 7.2. DIVISION DE DESARROLLO SOCIAL.
- 7.3. DIVISION TECNICA.
7.3.1. Sección de Estudios y Diseños.
7.3.2. Sección de Interventoría.
7.3.3. Sección de Construcción.
- 7.4. DIVISION DE DESARROLLO ECONOMICO.
7.4.1. Sección de Proyectos,
7.4.2. Sección de Promoción y Créditos.
- 7.5. DIVISION PLAN BUENAVENTURA.
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- ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION.
- 8.1. COMITE ASESOR DE LA DIRECCION.
- 8.2. JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES.
- 8.3. COMISION DE PERSONAL.
II - FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS
CONSEJO DIRECTIVO Y DIRECCION EJECUTIVA.
Artículo 2 El Consejo Directivo y la Dirección Ejecutiva cumplirán las funciones a ellos asignadas en los Estatutos de la corporación y en las demás disposiciones legales vigentes.
OFICINA DE PLANEACION.
Artículo 3° Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes:
- a) Preparar en coordinación con las demás dependencias e de la Corporación y cuando fuere el caso con otros estamentos públicos y privados, los planes y programas que debe adelantar la entidad en materia social, energética, agropecuaria y de desarrollo regional y urbano;
- b) Coordinar la realización de estudios a nivel de reconocimiento, prefactibilidad y de identificación y las evaluaciones de carácter técnico, social, económico y financiero, de los proyectos a adelantar por parte de la Corporación;
- c) Coordinar la preparación de planes, actividades, inversiones, gastos e ingresos de la Corporación y efectuar el seguimiento y evaluación de los mismos.
- d) Coordinar la elaboración de estudios que permitan la fijación de metas, políticas y estrategias generales de la Corporación, en materia de servicios de la conservación de los recursos naturales y de desarrollo regional y urbano;
- e) Proponer a la Dirección Ejecutiva, la política financiera de la Corporación a mediano y largo plazo;
- f) Realizar los estudios necesarios para identificar y evaluar los requerimientos de recursos económicos, financieros a mediano y largo plazo que permitan cumplir con los objetivos y metas propuestas;
- g) Coordinar la elaboración de los planes de desarrollo de la Corporación entre las diferentes dependencias, para ser remitido a aprobación del Director Ejecutivo;
- h) Coordinar la realización de estudios sobre aplicación y modificación de tarifas energéticas;
- i) Velar porque se adelanten los estudios estadísticos relacionados con el planeamiento energético, social y agropecuario y controlar las publicaciones que se realicen de estos estudios;
- j) Velar porque se presten eficientemente los servicios de documentación y biblioteca;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE PLANEAMIENTO ENERGETICO.
Artículo 4° Son funciones de la División de Planeamiento Energético, las siguientes:
- a) Elaborar proyecciones a corto, mediano y largo plazo, de las tarifas y los proyectos eléctricos a realizar por parte de la Corporación;
- b) Elaborar estudios sobre aplicación y modificación de las tarifas energéticas;
- c) Evaluar técnica y económicamente los proyectos eléctricos que se adelanten por la Corporación;
- d) Elaborar planes y programas de desarrollo energético a nivel regional, de acuerdo con las políticas trazadas por la Oficina de Planeación;
- e) Preparar informes financieros sobre la situación de la entidad y sus proyecciones con destino a organismos nacionales e internacionales de crédito;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la, Energético, las siguientes:
DIVISION DE PLANEAMIENTO AGROPECUARIO.
Artículo 5° Son funciones de la División de Planeamiento Agropecuario, las siguientes:
- a) Dirigir la realización de estudios agroeconómicos necesarios para el ordenamiento, manejo, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales, situados en la jurisdicción de la Corporación;
- b) Preparar propuestas de financiamiento de proyectos de cooperación técnica, nacional e internacional, en el área de desarrollo y administración de los recursos naturales;
- c) Coordinar y dirigir la elaboración de planes y programas de desarrollo y administración de los recursos naturales renovables, de acuerdo con las políticas trazadas por la Oficina de Planeación;
- d) Coordinar con entidades del sector agropecuario, la elaboración de estudios o acciones que tiendan a lograr un desarrollo armónico de los programas que se adelanten conjuntamente en el campo de los recursos naturales;
- e) Asesorar a las diferentes dependencias de la Corporación y organismos externos del sector, en lo relacionado con desarrollo y administración de los recursos naturales;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE DESARROLLO REGIONAL Y URBANO.
Artículo 6° Son funciones de la División de Desarrollo Regional y Urbano, las siguientes:
- a) Elaborar estudios, planes y programas relacionados con el desarrollo regional y urbano y su ordenamiento espacial, de acuerdo con las políticas trazadas por la Oficina de Planeación;
- b) Coordinar con organismos públicos y privados la elaboración de estudios y acciones encaminadas a lograr un desarrollo armónico en los planes y programas que se adelanten conjuntamente en sectores regionales y urbanos;
- c) Asesorar a las distintas dependencias de la Corporación y a los organismos externos, en lo relativo al desarrollo a regional y urbano;
- d) Adelantar investigaciones sobre las necesidades de la comunidad en cuanto a obras de infraestructura y servicios que propendan a mejorar sus condiciones de vida;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE ESTUDIOS SOCIALES Y ECONOMICOS.
Artículo 7° Son funciones de la División de Estudios Sociales y Económicos, las siguientes:
- a) Elaborar estudios sobre el impacto socio - económico que generen los proyectos a adelantar por parte de la Corporación;
- b) Evaluar periódicamente los programas propuestos por la Corporación, para verificar si se está dando cumplimiento a los objetivos de la entidad;
- c) Elaborar planes y programas de desarrollo socioeconómico de la región de acuerdo con las políticas trazadas por la Oficina de Planeación;
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
GRUPO DE ESTADISTICA.
Artículo 8°Son funciones del Grupo de Estadísticas, las siguientes:
- a) Mantener en funcionamiento el banco de datos estadísticos en todo lo relacionado con los programas de la CVC y demás indicadores socio - económicos de la región:
- b) Recopilar, analizar, resumir y presentar información estadística acerca del sector eléctrico y de indicadores sociales y económicos del Departamento del Valle;
- c) Elaborar los informes estadísticos que permitan una clara visión de la gestión de la Corporación;
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
GRUPO DE DOCUMENTACION Y BIBLIOTECA.
Artículo 9° Son funciones del Grupo de Documentación y Biblioteca, las siguientes:
- a) Prestar el servicio de biblioteca y asesoría técnica en el campo de la clasificación y catalogación de libros, folletos, revistas y demás material bibliográfico;
- b) Codificar, procesar y conservar en forma técnica, los materiales bibliográficos y mantener actualizados los inventarios, catálogos y demás medios de acceso a las colecciones;
- c) Orientar a los interesados en la investigación de temas específicos, y velar por la efectividad del servicio de préstamos de publicaciones.
OFICINA DE AUDITORIA INTERNA.
Artículo 10. Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna, las siguientes:
- a) Verificar mediante intervenciones debidamente planificadas, el cumplimiento en la Corporación de las normas establecidas, las disposiciones legales y las prácticas generalmente aceptadas en materia contable, comercial y de manejo de fondos y valores;
- b) Velar por la existencia de procedimientos adecuados para el buen manejo de los recursos, contratos y bienes de la CVC y para el registro, proceso, información y control de las operaciones contables y financieras, formulando recomendaciones tendientes a mejorar tales procedimientos;
- c) Asesorar y asistir en materias de su competencia, a la Dirección, Subdirecciones y demás dependencias, atendiendo los requerimientos de auditoría que ellos demanden;
- d) Rendir informes con las observaciones y recomendaciones que se estimen procedentes, a los funcionarios responsables de cada área revisada y a los niveles jerárquicos superiores que correspondan, de acuerdo con la trascendencia de los asuntos;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECRETARIA GENERAL.
Artículo 11 Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:
- a) Asistir a la dirección en los asuntos relacionados con la administración general de la Corporación;
- b) Verificar que los actos administrativos y actividades de la Corporación se ajusten a las normas orgánicas de la entidad;
- c) Refrendar los actos administrativos de la Dirección ejecutiva y del Consejo Directivo;
- d) Dirigir y desarrollar Programas de divulgación de las actividades de la Corporación de acuerdo con las políticas de la CVC;
- e) Atender lo relativo a la adquisición y venta de inmuebles y velar por la administración de los bienes raíces de propiedad de la Corporación;
- f) Atender las actividades referentes al manejo y funcionamiento del archivo y correspondencia de la entidad;
- g) Expedir las certificaciones a que hubiere lugar previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el efecto;
- h) Preparar, revisar y tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de acuerdos y resoluciones que deban someterse a aprobación del Consejo Directivo y de la Dirección Ejecutiva respectivamente;
- i) Atender las relaciones y obligaciones con los municipios, derivadas de la Ley 56 de 1981;
- j) Autenticar las copias que se expidan de los actos del Consejo Directivo y del Director de la Corporación;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE COMUNICACIONES.
Artículo 12. Son funciones de la Sección de Comunicaciones, las siguientes:
- a) Llevar a cabo las campañas de divulgación, destinadas a promover y mostrar los planes y programas que adelante la Corporación;
- b) Coordinar y revisar los comunicados, artículos y publicaciones para los medios de información sobre las actividades que desarrolle la Corporación;
- c) Coordinar la presentación de la Corporación en las diferentes ferias, exposiciones agroindustriales, foros, encuentros y en eventos similares;
- d) Asesorar y coordinar con las diferentes dependencias de la corporación, la elaboración de programas y material técnico de divulgación;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE BIENES.
Artículo 13. Son funciones de la Sección de Bienes, las siguientes:
- a) Atender la tramitación de todos los aspectos legales que se requieran para la negociación de inmuebles, tanto para la compra, como para la venta de los mismos ciñéndose a las políticas y demás normas establecidas;
- b) Mantener un registro completo y actualizado de todos los bienes de la Corporación;
- c) Atender todos los trámites relativos al cumplimiento de las disposiciones de la Ley 56 de 1981;
- d) Atender el manejo y la administración de todos los contratos de comodato v arrendamiento de propiedades de la Corporación;
- e) Tramitar lo relativo al pago de impuestos y otros gravámenes de que sean objeto los terrenos y demás propiedades de la Corporación;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
OFICINA JURIDICA.
Artículo 14. Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:
- a) Asesorar y emitir conceptos jurídicos sobre asuntos por el Consejo Directivo. la Dirección Ejecutiva, la Secretaría General y demás dependencias de la Corporación;
- b) Estudiar, revisar y recomendar los proyectos de acuerdo, resolución y convenio, relacionados con los objetivos de la entidad;
- c) En virtud de mandato otorgado por el Director Ejecutivo, representar a través de sus abogados, judicial y extrajudicialmente a la Corporación;
- d) Revisar y conceptuar sobre la legalidad de los documentos y requisitos previos de los contratos, convenios, registros, actualizaciones y licencias que suscriba y expida la Corporación;
- e) Compilar y estudiar la legislación, la jurisprudencia y doctrina relativas a las actividades de la Corporación y proponer en su caso, las medidas legales pertinentes;
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