por el cual se declara libre la venta de unas llantas

Rango Decreto
Publicación 1946-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que está plenamente comprobado que las existencias de llantas de fabricación nacional en los rines 700 x 20, de 10 lonas (32x6) y 750 x 20, de 10 lonas (34x7), superan la demanda actual.

DECRETA:

Artículo único. Quedarán libres de los requisitos para permiso de venta, las llantas fabricadas en Colombia, de las siguientes dimensiones:

700 x 20 de 10 lonas (32x6)

750 x 20 de 10 lonas (34x7)

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de octubre de 1946.

MAREANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Darío BOTERO ISAZA.

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