Por el cual se crea el cargo de Visitador de Misiones Diplomáticas en el Exterior

Rango Decreto
Publicación 1955-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Con rasgo de Embajador, créase el cargo de Visitador de Misiones Diplomáticas de Colombia en el Exterior.
Artículo 2° Serán funciones principales del Visitador de Misiones Diplomáticas en el Exterior, las siguientes:
Artículo 3° El Visitador de Misiones Diplomáticas devengará mil quinientos pesos ($ 1.500.00) de sueldo mensual, y mil quinientos pesos ($ 1.500.00) por concepto de gastos de representación, que le serán cubiertos conforme a los términos del Decreto número 142 de 1935, a partir del día en que salga del país, y hasta el día de su regreso.

Parágrafo. Cuando el Visitador se encuentre en el Exterior en desempeño de sus funciones, tendrá derecho a los pasajes a que hubiere lugar.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de noviembre de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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