por el cual se crea la Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria

Rango Decreto
Publicación 2005-08-31
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucional es y legales en especial en desarrollo de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. Créase la Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria con el fin de garantizar la debida coordinación de las entidades estatales para la revisión de los actuales esquemas de concesión.
Artículo 2º. Conformación de la Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. La Comisión Intersectorial para la coordinación, orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria estará integrada por:

Parágrafo. La Comisión se dará su propio reglamento y la Secretaría Técnica la ejercerá el Instituto Nacional de Concesiones, INCO.

Artículo 3º. Función de la Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. La Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria formulará recomendaciones a las entidades competentes con una visión integral que permita optimizar la revisión del esquema de concesión actual, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el Documento Conpes 3342 "Plan de Expansión Portuaria 2005-2006".
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Minas y Energía,

Luis Ernesto Mejía Castro.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Jorge Humberto Botero Angulo.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Sandra Suárez Pérez.

El Ministro de Transporte,

Andrés Uriel Gallego Henao.

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

Santiago Montenegro Trujillo.

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