Por el cual se nombran comisionados en los Estados de Bolívar, Magdalena i Panamá
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de la facultad que le confiere el artículo 2.ª de la lei 58 de 1874, de 22 de junio, i visto el artículo 4.ª del decreto número 265, de 18 de julio del presente año,
DECRETA :
Artículo único. Nómbranse comisionados para visitar las oficinas que administran bienes desamortizados en los Estados que se espresan, a los señores :
Atanasio Muñoz, para el Estado de Bolívar;
Miguel Núñez, para el del Magdalena; i
Cárlos Vallarino M, para el de Panamá.
Los nombrados tomarán posesion de sus empleos ante la primera autoridad política de la capital del respectivo Estado.
Comuníquese.
Dado en Bogotá, a 6 de agosto de 1874.
S. PÉREZ.
El Secretario de Tesoro i Crédito nacional,
Nicolas Esguerra.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.