por lo cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1950-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Ministros en su sesión del día 25 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, según consta en el Acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

Capítulo 100

Del artículo 1542. Para 1a impresión y adquisición de estampillas, cubiertas, y demás especies postales, en el año $60.000.00

Capítulo 101

Del artículo 1555. Para gastos de transporte de material telegráfico y telefónico, compra de camiones, acarreos, traslado de oficinas y otros gastos similares, en el año 10.000.00
Suman los contracréditos $70.000.00

Capítulo 100

Al artículo 1537. Para el pago de arrendamiento de locales, destinados al servicio de las Oficinas Postales, en el año $12.000.00

Capítulo 101

Al artículo 1552. Para los gastos de los servicios de teléfonos, acueducto, agua potable, aseo, desinfección, alumbrado, y fuerza eléctrica y otros gastos similares, inclusive materiales para los mismos servicios en el año $4.000.00
Al artículo 1556. Para la compra de alambre, posteria, aisladores, crucetas, herramientas, jornales y demás elementos necesarios para la construcción de nuevas líneas telegráficas y telefónicas, y para la conservación y reparación de las existentes, en el año 9.000.00
Al artículo 1558. Para la comestibles, lubricantes, reparaciones, repuestos, aseguros, arrendamiento de garages, y demás gastos que ocasionen los vehículos al servicio del ramo Telegráfico y Telefónico, en el año 10.000.00
Suman los créditos $70.000.00
Artículo segundo. Este Decreto .rige desde fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de septiembre de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENEGHE El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás ANGULO.

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