Por el cual se impone a dos empleados nacionales la obligación de prestar una fianza hipotecaria
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
En lo sucesivo tanto el Director de la Biblioteca Nacional como el del Museo otorgarán una fianza hipotecaria de dos mil pesos ($ 2,000) oro cada uno, con el fin de asegurar el manejo de los libros, objetos y enseres de los establecimientos expresados.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Instrucción Pública,
MANUEL DAVILA FLOREZ
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