Por el cual se hace la distribución parcial de una partida

Rango Decreto
Publicación 1961-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 0716, articulo 07246 del Presupuesto Nacional vigente. "Aportes a otras entidades", hácese la siguiente distribución parcial, de conformidad con contrato que se celebrará:

CAPITULO 0716

Artículo 07246. Ordinal 14.

Para entregar a la Universidad Nacional, con destino a la Facultad de Agronomía e Instituto Forestal de Medellín, para que lleve a cabo en el presente año una reunión de Decanos de las Facultades de Agronomía Latinoamericanas, con la finalidad de procurar la unificación de programas educacionales en materias agronómicas y forestales, $ 74.000.00.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá D. E., a 29 de noviembre de 1961

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico,

Aurelio Camacho Rueda.

El Ministro de Agricultura,

Hernán Toro Agudelo.

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