Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y de Deuda Pública Nacional)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 5° del Decreto legislativo número 2931 del presente año,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
Deuda Interna.
Documentos a la orden.
| Dd. Del artículo 533. Para amortizar en su totalidad las libranzas emitidas de conformidad con el Decreto legislativo número 3320 de 1953 (Crédito adicional, Decreto legislativo 3590 de 1954) | $ 300.000.00 |
|---|---|
| Suman los contracréditos | $ 300.000.00 |
| Gastos de Administración, Auxilios y otros. CAPITULO 41 Gastos varios. A1a. Al artículo 464-B. Para la reconstrucción social y económica de la región que comprende los Municipios de Cunday, Villarrica, Carmen de Apicala e Icononzo en el Departamento del Tolima; de Pandi y Ospina Pérez, en el Departamento de Cundinamarca; del Corregimiento de Nuñez, en el Distrito Especial de Bogotá, y en general para la recuperación de la comarca bajo la jurisdicción de la Jefatura Civil y Militar de Cunday, según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 2931 de 1955 | $ 300.000.00 |
| Suman los créditos | $ 300.000.00 |
Artículo segundo. La partida apropiada en el artículo precedente de girará al Contador-Pagador de Comando de la Brigada de Institutos Militares, previo el cumplimiento de las disposiciones administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones, y conforme a las normas que especialmente dicte la Contraloría General de la República en desarrollo de este Decreto.
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
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